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Coordinación Registro/Catastro en base a Gráficas Catastrales manifiestamente erróneas. - Registro de la propiedad
Buenas.
La relativamente reciente aparición de la herramienta informática “Editor Parcelario” en el Visor Cartográfico de la Sede Electrónica del Catastro, que personalmente me parece muy acertada y útil, ha sacado a la luz varias cosas.
Se puede comprobar que Catastro tiene en su base de datos geográfica (para fincas rústicas concentradas entre las que nunca han existido muros, ni cauces de agua, ni filas de árboles, ni grandes ribazos, es decir, en terreno llano) muchísimos lindes NO rectos entre este tipo de fincas y, adicionalmente, que NO existe paralelismo entre lindes opuestos en este tipo de fincas. Me estoy refiriendo a Concentraciones Parcelarias de hace ciertos años.
En cambio, de todos es sabido que uno de los objetivos de la Concentración Parcelaria es el facilitar la mecanización de las labores agrícolas, y como tal, en los Planos de Concentración los lindes son aparentemente rectos y paralelos dónde la orografía lo permite, salvo muy puntuales excepciones.
Tras dicho todo lo anterior, les comento que el 8/4/2019 el Registro de la Propiedad de mi Distrito ha realizado la Coordinación Catastro/Registro de una rústica colindante a otra de mi propiedad (sin Coordinación y sin estar todavía inscrita a mi nombre), y entre estas fincas ocurre esa indebida falta de rectitud del linde catastral (y ahora registral, con todo lo que ello implica). No se trata de un problema de cuantía de superficies en el que tenga que intervenir un topógrafo, sino que es un problema de trazado de linde catastral, y ahora registral (con todo lo que ello implica).
Quizá ustedes me van a decir que es culpa mía por no haberlo detectado y corregido antes de la Coordinación, y tienen toda la razón. También doy por hecho que el propietario colindante (al que ni siquiera conozco personalmente) actuó de buena fe al solicitar coordinarla, y no sabía de este asunto de lindes rectos.
Ahora pido a este foro sugerencias y orientaciones sobre cómo resolver esta situación, de la forma más amigable con el propietario colindante, económica para todos, y eficaz. Estoy considerando la posibilidad de basarme en que el/la Registrador/a NO actuó diligentemente al coordinarla porque descuidó la “correcta diferenciación respecto de los colindantes” que marca la Normativa, pero: ¡es todo tan gaseoso!... ¿Se le puede exigir al Registrador que revise si las coordenadas geográficas que le remite Catastro son acordes a los Planos de Concentración?, ¿es que sólo deben revisar el porcentaje de discrepancia entre las varias superficies oficiales de la finca?, …
Como segundo asunto, es cierto que la Normativa de los Registradores obliga la comunicación a los colindantes registrales antes de hacer la Coordinación por si quieren presentar alegaciones, pero es llamativamente curioso que NO les obliga comunicarlo a los colindantes catastrales, cuando de todos es sabido que “inscribir titularidad en Registro es voluntario” y “comunicar titularidad a Catastro es obligatorio”, y por tanto la base de datos de titulares catastrales se supone más actualizada que la registral.
Además los Registradores, antes de Coordinar, tienen en sus propias manos el Certificado Catastral Descriptivo y Gráfico de la finca (donde aparecen los nombres y apellidos de los titulares catastrales colindantes y sus direcciones postales fiscales) para que pudieran comunicarles que se va a realizar una Coordinación, y en cambio su normativa no les obliga a hacerlo. ¡Curiosa es esa normativa interna!.
Adicionalmente, por experiencia de un familiar directo en otro asunto de otra finca, he visto que en vez de comunicar a este familiar (que sí era titular registral) de forma individual, el Registro optó por publicar el asunto en un Anuncio en el BOE. ¡Sin palabras me quedo por esta actitud!. Y para más inri, el anuncio dice textualmente “… se hace público y notifica, por ser desconocidos, a los titulares de las fincas colindantes…”. ¡Sin palabras me quedo nuevamente por lo de “…por ser desconocidos…”!.
Bueno, creo que he sacado a debate un segundo asunto tan arduo como el primer asunto.
Como aportación al foro, les propongo que antes de que ustedes soliciten al Registro de la Propiedad que inscriba la Coordinación Catastro/Registro de alguna de sus fincas rústicas o urbanas, ustedes revisen escrupulosamente si el perímetro de sus fincas está correcto en Catastro. Incluso que lo revisen ya mismo, por si algún propietario colindante solicitase la Coordinación de la suya propia.
Naturalmente quedo a la disposición de ustedes para comentarles cómo acceder al Editor Parcelario del Visor Cartográfico de Catastro, y que puedan ver la geometría de sus fincas. También pueden consultarlo en internet buscando: “Editor Parcelario Catastro”.
Siento haber sido tan largo de palabras. Gracias por sus comentarios. Saludos.