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Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario

4 respuestas
Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario
Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario
#1

Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario

El abuelo viudo con 82 años vive en su único piso del que es pleno propietario.

Hace una donación de la nuda propiedad del piso a sus 3 hijos y se queda con el usufructo vitalicio. 

Fallece 4 años después.

¿qué impuestos tienen ahora que afrontar los 3 herederos? 

¿en qué plazos y en qué orden?

#2

Re: Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario

La consolidación del dominio, en el impuesto de donaciones, por la parte que no se pagó en su momento, que por la edad, será por el 10% del valor del piso, cifra en la que debió valorarse el usufructo al constituirse. Tenéis seis meses para declararlo y pagarlo.

La plusvalía del Ayuntamiento, yo diría que también, por ese 10%.

 

 

Un saludo

#3

Re: Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario

Muchas gracias por tu respuesta.

En la declaración de IRPF del año siguiente, ¿habrá incremento  de patrimonio también por el 10%? ¿o por el 100%? Lo digo porque hasta ahora el piso lo declaraba el usufructuario, que lo disfrutaba. 

#4

Re: Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario

En el IRPF no se tributa por el incremento de patrimonio, que tributa en donaciones. Lo que tributa es el rendimiento, el alquiler o la renta imputada si está a tu disposición, desde el fallecimiento, se lo imputa ya el que consolida el dominio por el 100%.

Un saludo

#5

Re: Impuestos a pagar por la nuda propiedad al fallecer el usufructuario

Muchísimas gracias.

No sé como se hace para puntuar la respuesta.