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Devolución costas en el Supremo

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Devolución costas en el Supremo
Devolución costas en el Supremo
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Re: Devolución costas en el Supremo

Buenos días,

 

El Tribunal Supremo ha fijado en su Sentencia de 4 de julio 2017 que la declaración de nulidad de las cláusulas suelo debe ser con condena en costas al banco. Por desgracia no creo que cambie nada ya que hasta la fecha, en la mayoría de partidos judiciales se imponía siempre las costas al banco en virtud del artículo 394 LEC, sin que ello sea un freno para denegar las reclamaciones, ya que saben que la estadistica juega a su favor y aunque tengan que pagar las costas, el porcentaje de consumdiores que acaben demandando será muy bajo, por lo que se van a ahorrar mucho dinero.

 

Saludos,

 

Federico Wahnich