En las demandas de suelo se hacen dos peticiones, la principal de solicitar la nulidad de la cláusula por abusiva, ( el concepto de falta de transparencia se produjo después de la interposición de la macro el 11/11/2010) y la segunda la consecuencia económica de la primera, es decir, la devolución de lo abonado demás por la cláusula.
Un vez el Supremo dicté sentencia, los Autos volverán al mercantil 11. Ya resuelto la primera petición de nulidad de la cláusula suelo hay que pedir que se cumpla la segunda petición, la devolución. No es una demanda nueva pues va unida a la primera pero si hay que hacer una liquidación, hay que cuantificar cada demanda (unas 9.000) y eso conlleva una nueva "petición" incluyendo un informe económico ante el Juzgado, si el banco demandado no lo devuelve en el periodo voluntario de sentencia.
Este es un procedimiento para todas las demandas pero que se agrava cuando son muchos los demandantes. Considera que una sentencia no puede hacer tabla rasa en las cuantías, sí dicta resolución sobre la abusividad común a todos los demandantes pero luego cada uno de ellos tienen sus propias circunstancias.