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Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

9 respuestas
Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid
Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid
#1

Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

Año 2017 pretendo Venta VPO Regimen General Promocion Privada calificada en el año 1996, Consultada a La Comunidad de Madrid dice que no es necesaria autorización para vender siempre y cuando se haga dentro de los precios máximos establecidos en la legislación y me aportan una hoha donde se recogen los precios máximos de venta.  Por qué la gestoría que tramita los papeles de mi venta me pide obligatoriamente dicha autorización si en la Comunidad de Madrid me han dicho que no es necesaria puesto que el precio de venta está por debajo del precio máximo de venta establecido en la legislación vigente?  Puedo exigir responsabilidades a esa gestoría por exigirme un documento innecesario, el  cual me está suponiendo romper la operación de la venta de la vivienda con los perjuicios económicos que eso me supone?

#2

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

Lo que no entiendo es para qué quieres hacer la venta a través de una gestoría. La venta de una vivienda supone muy pocos trámites, muy sencillos de hacer para cualquier persona de una cultura media. Además te ahorrarás un montón de dinero.

#3

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

Pues es muy sencillo Josehga te lo explico, la gestoria que me pide ese documento es la del banco de mis compradores, ellos han tenido que pedir una hipoteca por lo tanto la compra tiene que pasar por su gestoria,  es lo que me han dicho en su Banco

saludos

#4

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

Ni para comprar ni para vender un piso con hipoteca es obligatorio utilizar la gestoría del banco, es sólo una opción.

#5

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

En principio, TODOS aquellos que lo estimen oportuno, no tienen porqué recurrir a los servicios de una gestoría. Si el comprador quiere realizar por sí mismos los trámites, está en su derecho.

Algunas veces, puede estar justificado el gasto de la Gestoría, bien sea porque los horarios de trabajo no nos permitan ''perder una mañana'', o por la comodidad y seguridad de que otro nos hace las gestiones. Ahora bien, no es excusa que el proceso sea complejo, como tampoco lo es el no saber cumplimentar los modelos para pagar los Actos Jurídicos Documentados, o la inscripción en el Registro, ya que en todos estos sitios, hay personal encargado de AYUDAR a todo aquél que lo precise, e incluso que le rellenen todos los datos si fuera conveniente.

Ahora bien, en los casos en los que además de la escritura de compra / venta, ADEMÁS se firma una  hipoteca, ''del dicho al hecho hay mucho trecho''. Es decir, en la práctica, NUNCA podremos evitar que una gestoría nos tramite la escritura ante el Registro de la Propiedad, por UNA IMPOSICIÓN de la entidad financiera.

 

El motivo es muy simple: La hipoteca de una vivienda implica que es la propia vivienda la que sirve como AVAL en el supuesto de impago. Por lo tanto, el banco necesita asegurarse, al MÁXIMO, que la inscripción en el Registro de la escritura de compra - venta y de la hipoteca se va a realizar de forma correcta, o en su defecto, y ante cualquier imprevisto, la Gestoría le va a avisar, sin demora alguna, de todo lo que concierne o suceda.

 

Además de ello, las Gestorías disponen de un seguro de Responsabilidad Civil, para que en el caso de hacer un trámite de forma incorrecta, y que se le pueda exigir una indemnización, estén cubiertos por dicho seguro.

 

Imagine que el usuario no actuara correctamente, y por error, omisión, mala fe, etc, el usuario NO inscribiera correctamente la escritura en el Registro de la Propiedad, y llegado el caso, el banco / caja, no pudiera embargar la vivienda para cobrarse un posible impago de la hipoteca. ¿a quién podría pedir responsabilidades el banco si el cliente ya de por sí es un moroso?.

 

Además de todo lo anteriormente comentado, como es un gasto que PAGA EL USUARIO, muchas veces es el banco / caja quién tiene sus propias gestorías, o bien convenios de colaboración con gestorías (cobra comisión), por lo tanto, siempre es un ''negocio'' más que aportar al grupo empresarial y a la cuenta de resultados.

 

Ya puestos a necesitar hacer los trámites, irremediablemente y por imposición de la entidad financiera, uno podría plantearse hacerlos a través de una gestoría de su confianza. ¿creen que si dicha gestoría no es de la confianza del banco le van a dejar hacerlo?. NO.

 

CONCLUSIÓN: no nos esforcemos en imponer una gestoría determinada, ni nos esforcemos en querer hacer directamente los trámites, es INÚTIL, ya que el banco NO va a aceptar,  otra cosa seria que no se tuviera que pedir hipoteca al banco en este caso podriamos realizar nosotros mismos los tramites y llevarlos ante notario

 

#6

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

esto es como lo de que no te pueden obligar a contratar productos adicionales cuando pides una hipoteca.

pues bien, o los contratas o no te la dan

siempre recuerdo cuanto terminé de pagar la hipoteca y el banco me pedía alrrededor de 1000 euros para gestionar la cancelación en el registro, tampoco te lo pueden imponer, pero sabemos que los bancon ponen todos los impedimentos para que unos sencillos trámites los hagamos nosotros.

por cierto, no me gasté mas de 200 euros en hacer los trámites por mi cuenta

#7

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

Lo que argumenta la gestoría es que en el Registro de la Propiedad van a poner pegar para registrar las escrituras.   Pero al parecer no todos los Registradores lo hacen, por tanto, mi duda es. Esto es legal?  Los criterios exigibles para Registrar este tipo de viviendas no deberían ser los mismos para todos.   Si la propia legislacion de la Comunidad de Madrid dice que no es necesario, por qué lo exigen?. 

#8

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

y puede que la gestoría tenga razon, en el año 2014 compré una segunda residencia que vendia un banco propiedad de una promotora en concurso de acreedores, pues a dia de hoy  la vivienda no está inscrita en el registro de la propiedad.

el administrador concursal autorizó la venta y en el registro dicen que les falta el plan de liquidación de la promotora en concurso de acreedores.

ahora doy gracias a que todo esto lo lleva la gestoria que IMPUSO el banco por que cada 60 dias hay que presentar las escrituras en el registro, y así durante tiempo indefinido hasta que puedan inscribirse

#9

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

Marjovan yo estoy en la misma situación... Madrid no hace falta según ellos pero el banco dei comprador lo pide si o si y te explico el xq.... A la hora de ecritural ante el notario no hace falta pero en RL registro de la propiedad si que lo piden tener la autorización, yo fui al registro para hablar y si me piden la autorización pero podemos escriturar en espera del registro pero hay bancos q si lo aceptan de escriturar y cuando llegue la autorización se registra peto hay otros bancos que noo lo aceptan q en el mismo día quieren escriturar y registrarlo...

#10

Re: Autorizacion Venta VPO Régimen General Promocion Privada Comunidad de Madrid

Alguien tiene solicitado la autorización de venta de una vivienda VPO y cuanto tiempo tarda en recibir la autorización???