Vamos a ver si el BOE, te vale como fuente veráz. No son interpretaciones de nada.
Artículo 5 Arrendamientos excluidos
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley:
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- a) El uso de las viviendas que los porteros, guardas, asalariados, empleados y funcionarios, tengan asignadas por razón del cargo que desempeñen o del servicio que presten.
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- b) El uso de las viviendas militares, cualquiera que fuese su calificación y régimen, que se regirán por lo dispuesto en su legislación específica.
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- c) Los contratos en que, arrendándose una finca con casa-habitación, sea el aprovechamiento agrícola, pecuario o forestal del predio la finalidad primordial del arrendamiento. Estos contratos se regirán por lo dispuesto en la legislación aplicable sobre arrendamientos rústicos.
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- d) El uso de las viviendas universitarias, cuando éstas hayan sido calificadas expresamente como tales por la propia Universidad propietaria o responsable de las mismas, que sean asignadas a los alumnos matriculados en la correspondiente Universidad y al personal docente y de administración y servicios dependiente de aquélla, por razón del vínculo que se establezca entre cada uno de ellos y la Universidad respectiva, a la que corresponderá en cada caso el establecimiento de las normas a que se someterá su uso.
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- e) La cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial.
Díme dónde pone que una vivienda alquilada a 4 estudiantes para 1 año que la utilizan como vivienda habitual no se rige por la LAU. Y no te agarres al apartado "d" que te deja claro que tienen que ser viviendas calificadas como tal, con asignación de la universidad etc, etc...
Ya puestos, dime donde pone que una vivienda de lujo NO está regida por la LOU. El art 4.5 contemplaba -antes de la modificación- el tema de las viviendas de lujo, ahora está redactado tal como viene.
Ahora si quieres me cuentas otra película y me dices que el BOE no es una buena fuente, y que lo que realmente vale aquí es tu criterio.
Resumiento: Las viviendas alquiladas a estudiantes están bajo el paraguas de la LAU con la última modificación, al igual que el alquiler de una vivienda de 800 metros cuadrados y 9.000 euros mensuales de renta.
Método, disciplina y tiempo