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Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

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Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
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Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Del tema de fondo no sé nada pero de lo que llama factura creo que sí.

Tienes razón en no pagar una "factura" que no va a tu nombre y NIF, sin sellar, ni firmar. Por lo menos tendrá fecha :-) y figurará el nombre y NIF del emisor, porque parece que ni descripción del servicio prestado figure correctamente detallado.

#3322

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Desde el momento que la Caixa es condenada a pagar costas, yo ya no tengo obligación de pagarle por sus servicios. Es La Caixa la que tiene que pagar y por eso la factura va a nombre de La caixa y se presenta en el juzgado. Por eso no puede hacerme a mi una factura a mi nombre porque eso es delito. No se puede facturar dos veces por lo mismo y a distintas personas. A mi abogado se le caería el pelo, por lo visto lleva una sanción bastante fuerte. Antes del juicio mi abogado solo puede cobrar lo que se denomina la provisión de fondos, pero después de la condena en costas mi abogado me tiene que devolver lo entregado y yo no tengo obligación de pagar nada.

#3323

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Buenos días a todos los afectados por los contratos SWAP, 

Desconozco si ya habéis podido solucionarlo o no. Tan sólo deciros que a día de hoy existe sentecia del tribunal supremo fallando a favor del consumidor. A este consumidor en particular, le vendieron el contrato SWAP (producto derivado y complejo) como un seguro frente a las oscilaciones del tipo de interés. El Tribunal Supremo lo anuló, liquidando ambas partes las prestaciones recibidas, al consumidor le devolvieron unos 8.200€.

Esta es la sentencia:

http://www.poderjudicial.es/search/documento/TS/8059168/Prescripcion/20170616

Según dicta la sentencia, si no han pasado más de 4 años desde la finalización del mismo, todavía tenéis tiempo de reclamar antes de que prescriba la acción. Recomiendo a todo áquel que se haya visto afectado por este tipo de contratos que se informe de sus posibilidades.

Los bancos siempre se quedan con el dinero de aquellos que no reclaman.

Un saludo y mucha suerte!!!