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¿Me pueden quitar el piso?

32 respuestas
¿Me pueden quitar el piso?
¿Me pueden quitar el piso?
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#1

¿Me pueden quitar el piso?

¿Me pueden quitar el piso?

Estoy muy asustado!! ¿me pueden quitar el piso? Resulta que compre un piso en el 2008 por valor de 200.000 € pagándolo todo al contado y firmado ante notario , pero tenia una carga hipotecaria por parte de la constructora de 140.000 € (con una entidad bancaria) según todos los presentes comprador vendedor notario y por escrito se hizo constar en la escritura que existía dicha deuda
pero que el constructor debería cancelarla con el dinero que yo pague en la notaria puesto que yo pague todo el importe total al contado del piso e impuestos incluidos y así se hace constar el la escritura
a día de hoy (2014) aun no la cancelado y aun existe esa carga hipotecaria por parte del constructor
NOTA EN ESCRITURA
La parte compradora consiente con adquirir la vivienda descrita con la hipoteca que grava la misma , la cual esta vigente ,de cuyo pago y cancelación registral asume la parte vendedora con absoluta exoneración de responsabilidad y obligación de la compradora
¿Y SI EL VENDEDOR /CONSTRUCTOR NO PAGA LA CARGA/HIPOTECA?

¿Que me puede pasar?
¿me pueden pedir algo a mi la entidad bancaria?

¿me pueden quitar el piso?
agradecería muchísimo las respuestas

Muchas gracias de antemano

#2

Re: ¿Me pueden quitar el piso?

No soy experto ni de lejos. Me parece que tu piso puede ser subastado. Hay que estudiar la posibilidad de que el juzgado declare que tienes derecho a permanecer en él, pero no lo veo fácil.
A ti lo único que te pueden pedir es que dejes libre el piso.
Y tú puedes denunciar al vendedor para recuperar tu dinero.
Si puedes contratar un abogado mañana no lo dejes para pasado. Lleva copia de escritura.

#3

Re: ¿Me pueden quitar el piso?

Estamos hablando de una operación ralizada hace seis años, por el tiempo pasado y si no te han reclamado yo pienso que la constructora probablemente pagó su deuda pero no hizo escritura de cancelación o si la hizo esta no se registró.

#4

Re: ¿Me pueden quitar el piso?

Pues sí.

#5

Re: ¿Me pueden quitar el piso?

El piso lo tengo alquilado, no se pero no creo que me lo quiten tan fácil si yo no tengo culpa yo lo tengo pagado ,
en fin no se , gracias por tu respuesta

#6

Re: ¿Me pueden quitar el piso?

Puede ser que, como dice rufufu, la constructora haya pagado pero nadie se haya ocupado de cancelar la hipoteca en el registro.
Puedes preguntar tú mismo o un abogado al banco o entidad que prestó dinero a la constructora.
Si la constructora pagó y solo falta hacerlo constar en el registro de la propiedad, no es nada grave.
Pero si no ha pagado, la hipoteca se debe y el banco no tiene culpa de que tú hayas confiado en la gente de la constructora.
Mañana al abogado.
¿Por qué sabes que la hipoteca no ha sido cancelada?
¿Está inscrito en registro de propiedad el alquiler?

#7

Re: ¿Me pueden quitar el piso?

Pues efectivamente te pueden subastar el piso si no ha sido satisfecho la deuda.

Si quieres saber lo que hay te aconsejo que vayas al banco, presentes la escritura y, alegando interés personal, exijas saber el estado en el que se encuentra la hipoteca.

Si luego ya quieres rematar en tranquilidad intenta conseguir una carta de pago ante notario de esa hipoteca por parte del banco e inscríbela en el Registro de la Propiedad, así ya el banco no podrá hacerte nada por ella.

Por último decir que si fuera comprador y veo esa circunstancia huyo por patas de la compraventa.

#8

Re: ¿Me pueden quitar el piso?

Mi consejo, vete rapido al banco que tenia concedida la hipoteca a la constructora y les pides que te informen de la situación actual de la hipoteca. Eso es lo mas efectivo y exacto, ya que se pueden dar unas cuantas situaciones, te digo algunas y hay mas;
a) la constructora ha cancelado la hipoteca, pero no ha inscrito en el registro el hecho.
b) la constructora NO ha cancelado la hipoteca, pero viene pagando normalmente las amortizaciones.No ha cumplido las condiciones de la compra-venta.
c) la constructora viene pagando a trancas y barrancas, situación peligrosa para tus intereses.
d), e), f) ..... a partir de aqui las siguientes situaciones te ponen en zona muy peligrosa.

En cuanto a la situación a) pienso que deberias de pedir al Banco un certificado (o escrito)de la situacion de la hipoteca y a la constructora que proceda a la cancelacion en el registro de la carga.

Lo primero y mas ugente conocer la situación actual de la hipoteca, gestion que puedes realizar tu mismo, despues según su situacion actuar de la mano de abogado conocedor del tema.

Saludos.