Re: Saldo distraído antes de fallecimiento - herencia
Siempre he entendido que los datos de movimientos bancarios están muy protegidos y que no te los pueden exigir ni las Administraciones Públicas sin orden judicial, de ahí que se pida únicamente en sucesiones el certificado de saldo a fecha de fallecimiento y de mayor saldo del año anterior en caso de indicio de alzamiento de bienes, en ningún caso te pueden exigir los movimientos concretos, y de hecho, el banco no se los dá ni a los herederos. Otra cosa es que si los tienen los presenten
Un saludo