Yo formulo la pregunta inversa: si no la pagas tú ¿a quién le corresponde? Si te niegas a pagar te estrenarás como moroso en la comunidad ya que la propiedad, a fecha de aprobación de la derrama, es tuya.
Podrías intentar impugnar el acuerdo en lo concerniente a tu persona por ser deuda anterior a tu adquisición pero no creo que prospere ya que la comunidad actúa en representación de la propiedad y incurrir en gastos persiguiendo a uno u otro no le compensa a nadie. Es un asunto entre vendedor y propietario, a la comunidad le da igual quien pague.
Puedes intentar que te la abone el dueño anterior por ocultarte esa deuda, pero si no se aviene difícilmente te compensará iniciar trámites legales contra él.
Todo esto dicho desde la experiencia personal, no por formación legal específica, de la que carezco.