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Duda en arras

9 respuestas
Duda en arras
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#1

Duda en arras

En el caso de unas arras de un piso vendido en exclusividad por una inmobiliaria, quién y cómo se fijan las condiciones del contrato? Me refiero tanto a la cantidad de dinero de las arras como a la fecha de escritura de la compraventa. Las puede imponer la inmobiliaria?

#2

Re: Duda en arras

Nadie sabe? :-(

#3

Re: Duda en arras

Se negocia, como muchas otras cosas, con la inmobiliaria o directamente con el propietario.

Un saludo

#4

Re: Duda en arras

Gracias!

#5

Re: Duda en arras

Si eres el vendedor, cuando haces el encargo a la inmobiliaria le expones tus intenciones y, si te fías de su asesoramiento, te pones de acuerdo con ella en las condiciones que quieres fijar.

Si eres comprador, depende de las atribuciones que el propietario le haya atribuido a la inmobiliaria. Si ha dejado en sus manos todo el tema, ella fijará las condiciones, si tiene establecidos unos criterios cerrados y prefijados, se estará a lo que diga el propietario.

Las fechas de escritura se pactan entre comprador y vendedor (inmobiliaria o propietario).

#6

Re: Duda en arras

Yo soy el vendedor y en el contrato de exclusividad no pone nada (salvo que en las arras ellos cobran su comisión) y tampoco lo hablamos de palabra, no detallamos nada de cantidades ni plazos. Tengo que ponerme de acuerdo con la inmobiliaria o con el comprador entonces?

#7

Re: Duda en arras

Las arras son garantía de cumplimiento de contrato.

Si te echas atrás de un contrato, habitualmente deberás devolver el doble de las arras al comprador; si es este el que se desdice de su compromiso, tienes derecho a quedarte con las arras. También se suele establecer un plazo límite para formalizar íntegramente la compra-venta.

Por tanto, como usuario, yo creo que te corresponde a ti fijar la cuantía de las arras, de forma que te compense un hipotético incumplimiento de contrato una vez tengas un comprador.

La inmobiliaria te puede orientar sobre una cuantía más o menos razonable o habitual en tu zona, pero eres tú quien debe tasar lo daños que te puede ocasionar (pérdida de otras posibles ofertas). Si lo dejas a libre criterio de la inmobiliaria, ella con cubrir sus hipotéticos gastos ya se puede dar por satisfecha, incluso puede renunciar a retenerlas (y devolverlas íntegramente al comprador) si no habéis escrito nada sobre el tema, por ejemplo por colocarle otra propiedad de su cartera.

Si mantienes el contrato de exclusividad (que no es el más interesante para el vendedor) deberías complementarlo con una disposición en la que establezcas el tema de las arras de la forma que más te convenga. Puedes incluso dejarlo abierto a negociación con el comprador pero dentro de unos márgenes que te satisfagan.

#8

Re: Duda en arras

Fíjate que más que la cantidad de las arras me interesa el plazo, para tener tiempo suficiente de saltar a otro piso. Pero bueno, entiendo que el funcionamiento es igual, nos sentamos a la mesa y negociamos ambas cosas. No sé si a estas alturas merece ya la pena hacer la disposición o esperar a que surja un comprador.

Gracias!