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Gas a mi nombre en vivienda alquilada?

8 respuestas
Gas a mi nombre en vivienda alquilada?
Gas a mi nombre en vivienda alquilada?
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Re: Gas a mi nombre en vivienda alquilada?

Una puntualización,
Aunque en el contrato de arrendamiento no venga especificado quien paga los servicios de suministros se sobreentiende que son a cargo del inquilino tal y como lo dictamina la LAU.
En ocasiones, no todas las normas de la LAU tienen porque venir en un contrato de arrendamiento pues sino éste sería extensísimo.

CAPÍTULO III
De la renta
Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales
3. Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario.