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Dudas cuenta vivienda

22 respuestas
Dudas cuenta vivienda
Dudas cuenta vivienda
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#9

Re: Dudas cuenta vivienda.

Puedes pasar de una "cta. vivienda" a otra sin problemas con hacienda. No es jugartela si cumples con los requisitos que marca la agencia tributaria y que aparecen claramente en los manuales de la renta.

La primera caracteristica que señala dicho manual, es que no tiene que tener necesariamente la denominación de cta vivienda.

http://petete.minhac.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=3666&Consulta=%2EEN+NUM%2DCONSULTA+%28V%32%33%31%37%2D0%35%29&Pos=0&UD=1

Saludos

#10

Re: Dudas cuenta vivienda.

Lo de jugartela no es si pasas de una cuenta vivienda a otra, sino si sacas el dinero en febrero, lo inviertes en bolsa, y lo vuelves a meter en la cuenta vivienda en noviembre. A eso me refiero con que no se permite pero probablemente Hacienda no se dé cuenta...

s2

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#11

Re: Dudas cuenta vivienda.

Ah! te entiendo. Tienes razón pues.

#12

Re: Dudas cuenta vivienda.

Hola,

no estoy de acuerdo con la conclusión a la que estáis llegando. En mi opinión, durante el año se puede disponer de ese dinero sin ningún problema, mientras a final de año iguales o superes la cantidad que tenías el año anterior. El requisito indispensable es que cuando des de baja la cuenta todo el dinero se destine a vivienda nueva o a reforma de vivienda habitual.

#13

Re: Dudas cuenta vivienda

Buenas a todos,

Os explico lo que me han explicado en la entidad.

Yo y mi novia poseemos cuentas vivienda por separado en entidades distintas. En el caso de mi novia a finales del año 2008 abrió una cuenta vivienda. Ayer saco los 9015€ (cantidad máxima para desgravar) sin ningún problema, pero los tiene que volver a poner (como mínimo esa cantidad) antes del 31 de diciembre del 2009, porque las cajas están obligadas a informar del estado de la cuenta el 31 de diciembre de cada año para hacienda saber si compras, desgravas o devuelves.

Sobre el tema de los intereses, la cuenta vivienda es una cuenta de ahorro normal que te da un interés que tu pactas con tu entidad y que además tiene la virtud de que si cumples unas condiciones desgravas hacienda siempre y que en 6 años compres una vivienda.

En caso de que en 6 años (4 años desgrava + 2 últimos de moratoria) no compraras la vivienda, en la declaración de la renta del 7 año estarás obligado a devolver todo lo que has desgravado por esa libreta durante los 4 años, pero nunca los intereses que te ha generado ese capital porque eso es un rendimiento que tú has dado a tu dinero y por lo que te aplican la retención fiscal en los bancos.

Espero que mi experiencia os ayude, aunque supongo que todo variará de la seriedad de cada entidad o de sus conocimientos legales.

Un saludo

#14

Re: Dudas cuenta vivienda

En mi opinión, los tres errores en la información de tu entidad:

1. Legalmente no está permitido sacar el dinero para invertirlo en fines distintos a la adquisición de vivienda habitual y luego "reintegrarlo". Es más, por ejemplo no están permitidos instrumentos que inviertan en fondos de inversión. Aunque el tema en la facilidad de "pillarte" o no sea otro tema. Consulta vinculante:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=8726&Consulta=%28deposito%29+%2EY+%28cuenta+vivienda%29&Pos=10

2. La prórroga de dos años para la materialización del saldo sólo afecta a las cuentas abiertas en 2004, 2005 y 2006. Legalmente se ha establecido que todas aquellas cuentas vivienda cuyo plazo de materialización venza entre el 01.01.2008 y el 30.12.2010 pueden materializar el saldo hasta el 31.12.2010. Por tanto, si has abierto la cuenta a finales de 2008, tendrás que materializar el saldo a finales de 2012 (salvo que aprueben una nueva modificación legislativa).

3. Si los intereses te los abonan en la misma cuenta vivienda, aunque los declares como rendimiento, posiblemente los estés incluyendo en la base de deducción por adquisición en vivienda habitual, por tanto tienen la misma consideración que el resto de cantidades invertidas en la cuenta vivienda.

Saludos.

#15

Re: Dudas cuenta vivienda

Pues claro que se puede sacar el dinero de la cuenta vivienda y luego lo vuelves a reintegrar en la misma antes del 31 de diciembre, no pasa nada siempre y cuando hacienda no se entere que es lo más normal, otra cosa es que sea legal, porque si hacienda te pilla tienes que devolver todo lo desgravado más intereses.
En cuanto a la duración de la cuenta vivienda ojito SON 4 AÑOS, los dos años de moratoria son para las cuents viviendas que se abrieron en el 2005-2006 o incluso 2007, ahora mismo no me acuerdo exáctamente, pero no para las que se hayan abierto recientemente.
Si a los 4 años no compras la vivienda tienes que devolver a hacienda todo lo que te has ido desgravando durante esos años MAS INTERESES DE DEMORA, los intereses que te ha dado el banco por esa cuenta efectívamente hacienda no te los toca ya que te ha estado reteniendo el 18%
Saludos

#16

Re: Dudas cuenta vivienda

Muchas gracias por tu aclaración.

En la entidad donde lo tiene mi novia además le recomendaron que abriera la libreta vivienda en 2008 (creo que fue principios de diciembre) con un interés del 1,75% y que en enero lo colocara en otra libreta de ahorro a 10 meses con un interés más elevado (no lo recuerdo bien pero rondaba el 3%). Como hace unas semanas nos salió la oportunidad de comprar una plaza de parking a un precio muy atractivo no hemos entrada más en el tema.

Tengo que decir que en la entidad donde yo lo tengo (caja de ahorros muy conocida por todos) nunca me indicaron esta posibilidad y desde el principio me ofrecieron un tipo de interés razonable y acorde con los tipos de interés del momento. En mi novia me sorprendió que en su entidad le ofrecieran un interés bastante más bajo que en la mía pero con la posibilidad de luego ponerlo en otra cuenta con otro interés mucho más atractivo.... que cada uno decida.

Un saludo a todos

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