Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

8 respuestas
Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?
Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?
Página
1 / 2
#1

Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

Tengo una duda que no he sabido responderle a un compañero de trabajo. Resulta que el menda se va comprar una casa que le entregan en breve pues era una vivienda sobre plano y sólo queda firmar la compraventa. No va a hacer hipoteca porque por venta de una anterior propiedad posee la totalidad del dinero en efectivo/cuenta corriente.

Ante este caso, ¿debe contratar una gestoría como las que utilizan las entidades financieras para tramitar todo?

¿O podría él mismo acudir al Registro de la Propiedad para, con la compraventa firmada ante notario, inscribir la finca a su nombre y pagar, por ejemplo, con talón conformado? ¿Podría asimismo pagar al Notario en el momento de la firma con otro talón conformado y liquidar el IAJD en Hacienda por ventanilla en efectivo o con talón? Porque si no me equivoco los únicos gastos a soportar son el de Notario, Registro y AJD al estar inlcuido el IVA (en Canarias IGIC) en la compraventa y ahorrándose así los gastos de la gestoría.

¿Merece la pena? ¿Es factible?

Gracias ;)

#2

Re: Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

Factibles es, claro. Otra cosa es que no le interese hacer colas y contrate con la gestoría. Aunque puede ser cualquier gestoría, no la que te imponga el vendedor.

#3

Re: Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

Pues todo esto puede merecer la pena o no, según el registro donde tengas que ir a registrar, lo lejos que te pille de casa, las colas que tenga el registro en cuestión ( no es lo mismo ir a registrar algo en un pueblo que en un ciudad y lo mismo pasa con las colas donde tengas que liquidar el impuesto (modelo 600).
En mi caso yo soy de un pueblo de unos 95.000 habitantes el registro me pilla a unos cinco minutos y las oficinas para liquidar el impuesto estan cerca del registro, asi que lo dejaria solucionado todo la misma mañana. Y claro lo de ir a la gestoria una vez a entregar la documentación y otra a recogerla son los mismo viajes y encima tendría que pagarles por una gestión que yo puedo hacer a 5 min de mi casa.
Otra cosa es por ejemplo que necesite una nota simple que de un piso que esta en otro pueblo a 200 km del mio y claro no voy a hacer el viaje para gastar gasolina y tiempo o bien uso la internet o voy a una gestoria que aunque me saliera más caro que la gasolina me ahorraria lo de viajar y tal.
Mi respuesta a eso de <<¿sírvase usted mismo?>> la dejo para que cada uno analice su situación.

#4

Re: Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

Todo esto es en Las Palmas y resulta que la notaría donde se firma está justo en el mismo edificio que el Registro, con lo cual tan sólo sería perder una mañana en firmar y bajar dos plantas para ir a registrar la finca.

Luego supongo que ir a Hacienda a liquidar el AJD y fuera, ¿no?

Mi amigo va a estar de vacaciones así que creo que le merece la pena, ¿qué pensáis?

#5

Re: Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

En mi caso en las notarias normalmente me han dado el modelo 600 ya rellenado que es con el que se liquida el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, pero si no lo dan en la notaria lo podemos obtener por internet en el siguente enlace https://www.gobiernodecanarias.org/tributos/?direccion=oficinavirtual/programasAyuda/default.asp?impuesto=TTPP&programa=M600 se puede descargar un programa para rellenar el modelo 600 y en este otro http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/download/pdf/instruccionesModelos/600.pdf podemos ver las instrucciones para rellenarlo, pero que ya digo que normalmente en las notarias te lo dan relleno, entonces con ese modelo haces el ingreso en el servicio de caja (en este caso Las palmas de Gran canaria) En Gran Canaria:
Oficina de Atención Tributaria, Oficina Liquidadora de Santa Maria de guía, Oficina Tributaria Gran Canaria sur y sus extensiones en los Registros de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana 2 y telde2.
Una vez pagados los impuestos ya puedes ir al registro de la propiedad y luego con una fotocopia de la escritura,fotocopia de los DNI
vendedor y comprador y ultimo recibo de IBI hay que ir al ayuntamiento y pedir el modelo 901-N para rellenarlo e inscribir la propiedad en el catastro inmobiliario (para que luego el IBI venga a nuestro nombre y tal ) en algunos ayuntamientos el mismo funcionario te lo rellena y te lo proporciona con ir al ayuntamiento y decir: He comprado una casa y quiero poner el IBI a mi nombre el funcionario ya se encarga de todo normalmente, pero si no son tan amables (que no creo) siempre se puede bajar de internet en este enlace http://www.catastro.meh.es/pdf/901N.pdf
y rellenarlo uno mismo ( es muy sencillo de rellenar) yo lo rellenaria en casa y lo presentaria en el ayuntamiento asi me ahorro de perder tiempo con el funcionario, lo presento y listo, cumplimentar el formulario e imprimir dos copias: una vez seleccionado en la casilla inferior derecha EJEMPLAR PARA LA ADMINISTRACION y otra seleccionado EJEMPLAR PARA EL CONTRIBUYENTE.

Ya digo que todo esto depente en parte de los funcionarios mucho en mi pueblo llegas con "cara de no saber nada" y dices: He comprado esto y quiero que me cambien el IBI o contribución y ellos ya te ayudan.
Con respecto a lo del modelo 600 en las notarias de mi pueblo te lo dan hecho, aunque un amigo me conto que por hacerle el modelo 600 una notaria le cobro 30 euros (yo siempre lo pregunto). Pues ya digo en mi caso tengo ya experiencia rellenando el modelo 901 y el modelo 600 me lo han dado en la notaria hecho.

-Entonces pagar lo del modelo 600
-Fotocopia, dni vendedor comprador, ultimo recibo de IBI al ayuntamiento y no lo ponen en el catastro.
-Inscribir en el registro de la propiedad, luego nos llamaran para recoger la escritura.
- Y listo.

Nota: Yo siempre cuando compro algo suelo pedir al notario una nota simple continuada, por si acaso llega un embargo justo el dia antes de comprar o cualquier historia.

La verdad que si tu amigo esta de vacaciones yo de él me lo haria yo asi estas entretenido y te ahorras un dinero. De todas formas si te lo hace la gestoria tienes que hacer los viajes.

#6

Re: Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

Tampoco te creas que te vas a ahorrar tanto.

A mi me cobraron 90 €.

La mayoría de las Notarias hacen de gestorías y lo hacen todo, solo tienes que ir a recoger el documento y son mas baratas que las gestorías.

¿Vale la pena hacerlo por si mismo? - La respuesta la tienen los interesados.

#7

Re: Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

No solo es factible, sino que es preferible. Al menos, así sabrá de primera mano todo lo que le afecta a su vivienda.

No se lo que le puede cobrar una Gestoria, ya sea la de la Notaría u otra, pero a mi me cobraron 600€ por una operación como esta, aunque con más trámites y, por supuesto, yo tenía dificultad para hacerlos todos, pero por ir a 3 sitios pagar a una Gestoría.... que se lo ahorre, por poco que sea.

#8

Re: Compraventa de vivienda... ¿sírvase usted mismo?

Bien amigos.... entonces que yo me aclare. Los pasos son los siguientes:

- Firmar en Notaría la compraventa con la promotora y pagar ahí los honorarios del Notario.

- Recoger el impreso que ellos te dan para ir a Hacienda y liquidar el modelo correspondiente para el pago de AJD.

- Ir con la escritura de compraventa y el impreso justificante del pago del impuesto al Registro y pagar los honorarios allí también.

¿Et voilà?

Gracias ;)