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Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

8 respuestas
Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,
Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,
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#1

Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

Hola a todos:
Gano 20000 euros al año,con un solo pagador,tengo pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,"400euros" y 10 euros de dividendos de unas acciones.¿Estoy obligao a presentar la declaracion de hacienda.?
Saludos...

#2

Re: Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

No estás obligado. La pérdida patrimonial límite para la obligación son 500 euros. Pero ya sabes, aunque no estés obligado hazla por si te tienen que devolver....

Saludos.

#3

Re: Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

Gracias por contestar Empty.Un dato que no os conte tengo un plan de pensiones, y al hacerla declaracion me sale apagar 90 euros

#4

Re: Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

Bueno, tienes que valorar si te interesa o no presentar la declaración para poderte compensar las pérdidas en fondos del 2010 en los próximos cuatro años. Si piensas que vas a tener ganancias en ese plazo, podría que te interesase presentar la declaración. Pero por lo que veo, no estamos hablando de grandes importes.

Saludos.

#5

Re: Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

No tiene mucha importancia, por la cuantía de la cantidad que resulta a ingresar, pero independientemente de la aplicación de la reducción del plan de pensiones, que obligaría a declarar, de acuerdo con el artículo 96.4 de la Ley, pienso que la lectura del artículo 91.2 determina, en este caso, la OBLIGACIÓN de presentar declaración, ya que las pérdidas patrimonioles inferiores a 500,00 están unidas a unos rendimientos globales por el resto de conceptos (trabajo, capital, actividades...., inferiores a 1.000,00€), y esta cuantía se supera con los rendimientos de trabajo.

Dejo el artículo 61.1 para su lectura:

"2. No obstante, no tendrán que declarar los contribu­yentes que obtengan rentas procedentes exclusivamen­
te de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta:

a) Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.

b) Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganan­cias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a
cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

c) Rentas inmobiliarias imputadas en virtud del artículo 85 de esta ley, rendimientos íntegros del capital mobilia­rio no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de pro­tección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

En ningún caso tendrán que declarar los contribuyen­tes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros."

Las rentas obtenidas no están ni en a) ni en b) ni en c).
Las tres primeras no contienen la pérdida patrimonial y la cuarta se supera el limite global de ingresos.

Saludos

#6

Re: Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

Quizás esté equivocado, pero leyendo las páginas 4 y 5 de Manual Renta 2010 Agencia Tributaria, llego a la conclusión de que Chuky no está obligado a declarar.

Cordiales saludos.

#7

Re: Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

Es posible que tengas razón, pero cuando leo en el manual que no están obligados a declarar:

"Los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2010 exclusivamente rendimientos ínte­
gros del trabajo, del capital (mobiliario o inmobiliario) o de actividades económicas, así como
ganancias patrimoniales, sometidos o no a retención, hasta un importe máximo conjunto de
1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros, en tributación
individual o conjunta.",
No veo muy claro que Chuky, cumpla con ello, evidentemente sus pérdidas son inferiores a 500,00, pero el resto del artículo no lo cumple, también es posible que el tema de las pérdida patrimoniales inferiores a 500,00€ haya que desligarlo del límite global de 1.000,00€, para el resto de rendimientos (conjunción y).

Cuando leo los artículos de la obligación de declarar, intento verlo como unas ventanas donde si cumples todos los requisitos te escapas de declarar, y en este caso la única forma de ver esto es interpretar que las pérdidas patrimoniales inferiores a 500,00€, actuan de forma independiente al resto de condicionantes del artículo, por lo que no acabo de ver muy bien que hacen incluidas en este artículo. Desde luego si miras el cuadro de la página 4 del manual, parece que la interpretación correcta es la tuya.

Gracias y saludos.

#8

Re: Pérdidas de fondos de inversión en el año 2010,

Empty, mira el penultimo párrafo del comentario 7 de al.rodrigo de este hilo

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/471863-deduccion-por-hijo-menor-25-anos

"Si obtengo pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros estoy obligado a presentar declaración si obtengo otros rendimientos y la suma de los mismos supera los 1.000 euros."

Interpreta como yo que en este caso Chuky estaría obligado a presentar declaración.

Saludos.