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Vivienda en el extranjero en el IRPF?

9 respuestas
Vivienda en el extranjero en el IRPF?
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Vivienda en el extranjero en el IRPF?
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#9

Re: Vivienda en el extranjero en el IRPF?

El valor sobre el que imputar la renta será 1,1% del contravalor de adquisición en euros. Cada año se mantendrá este mismo valor inicial.
Buscando un poco he encotrado el convenio.
El convenio para evitar la doble imposición entre España y Argentina, se publicó en el BOE del 9-9-1994. En el artículo 3 del convenio determina los impuestos a los que se aplica:

"3. Los impuestos a los que se aplica el presente Convenio son en la actualidad:
a) En España:
1. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
11. El Impuesto sobre Sociedades. .
11I. El Impuesto sobre el Patrimonio.
Denominados en lo sucesivo «impuesto español•.
b) En Argentina:
1. El impuesto a las ganancias.
11. El impuesto sobre los activos.
111. El impuesto personal sobre los bienes no incorporados al proceso económico.
Denominados en lo sucesivo «impuesto argentino»."
Por otro lado el siguiente artículo:
"Articulo 6. Rentas inmobiliarias.
1. Las rentas que un residente de un Estado Contratante obtenga de bienes inmuebles situados en el otro Estado Contratante pueden someterse a imposición en este otro Estado.
2. La expresión "bienes inmuebles» tendrá el significado que le atribuya la legislación del Estado Contratante en que los bienes en cuestión estén situados.
Dicha expresión comprende, en todo caso, los accesorios, el ganado y equipo utilizado en las explotaciones agrícolas y forestales, los derechos a los que se apliquen las disposiciones de Derecho privado relativas a los bienes raíces, el usufructo de bienes inmuebles y los derechos a percibir pagos variables o fijos por la explotación,
o la concesión de la explotación, de yacimientos minerales,
fuentes y otros recUrsos naturales. Los buques, embarcaciones y aeronaves no se consideran bienes inmuebles.
3. Las disposiciones del apartado 1 se aplican a las rentas derivadas de la utilización directa, del arrendamiento o aparcería, así como de cualquier otra forma de explotación de los bienes inmuebles.
4. Las disposiciones de los apartados 1 y 3 se aplican, igualmente, a las rentas derivadas de los bienes inmuebles de una empresa y de los bienes inmuebles utilizados en el ejercicio de servicios personales independientes."

Entiendo que este convenio permite que el inmueble sea sometido a tributación en ambos Estados.

Saludos.

#10

Re: Vivienda en el extranjero en el IRPF?

Muchas gracias por el esfuerzo Harko. Es increible la ayuda que uno puede obtener de internet! Te estoy muy agradecido!

Un saludo!
Gikubik