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Rectificacion autoliquidación

3 respuestas
Rectificacion autoliquidación
Rectificacion autoliquidación
#1

Rectificacion autoliquidación

Me solicita hacienda una rectificación de autoliquidación del año 2020, me podría alguien hacer el favor de explicarme el modo de hacerlo.
Muchas gracias por vuestra ayuda y comprensión . Un saludo 
#2

Re: Rectificacion autoliquidación

No termino de entenderlo: ¿Hacienda te ha dicho que tienes derecho a una devolución de 2020, y "te solicitan" que hagas una declaración rectificativa para obtenerla?
No es muy de su estilo... Que yo sepa, sólo exigen que hagas complementarias (las que salen a pagar).
Yo me aseguraría de quién me pide algo así, suena a fraude. En estas fechas hay mucho de eso.
#3

Re: Rectificacion autoliquidación

 
Hacienda también te solicita que realices solicitudes de rectificaciones de autoliquidación pues ya he realizado una hace años y ahora se puede realizar de otro modo y al parecer es a través de la página web de hacienda, me he puesto en contacto con hacienda y se puede hacer a través de la misma pagina web oficial de hacienda. 

Por cierto, la realización de la rectificación viene en los datos fiscales que pone: La regularización de estos importes se realizará, si procede, mediante solicitud de rectificación de autoliquidación del ejercicio al que son imputables. 
#4

Re: Rectificacion autoliquidación

No: Hacienda no "te solicita" (sinónimos de solicitar: pedir, rogar, requerir, suplicar, pretender, aspirar, instar, urgir) que hagas rectificaciones; en todo caso, te informa de que puedes hacerla o, en el mejor de los casos, te lo sugiere (sinónimos de sugerir: proponer, recomendar, invitar, inspirar).
En este caso, por lo que dices, en tus datos fiscales te informan de que un pagador tuyo les ha dicho que, en 2023, has cobrado ciertas cantidades correspondientes a un ejercicio anterior (2020, según  dijiste en tu primer post) y, de nuevo, te informan de que no se declaran en 2023, sino en el ejercicio de su devengo. Por último, te informan de que si procede, deberás realizar esa declaración de 2020 mediante una rectificación. 
Ojo, por cierto, a eso de "si procede", pues muchas veces no es así (porque ya se declaró en su momento, por ejemplo, o porque, aunque imputados a 2020, los ingresos provienen de una sentencia judicial de otro año en la que se dirimía el derecho a los mismos).