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Recurso TEAR

5 respuestas
Recurso TEAR
Recurso TEAR
#1

Recurso TEAR

Hola, tengo un recurso interpuesto ante el TEAR. Según pone en el procedimiento tienen 1 año para contestarme. Queda ya poco plazo para que se cumpla. Mi pregunta es ¿sabéis si el silencio administrativo es a mi favor o en mi contra?

Gracias y saludos

#2

Re: Recurso TEAR

En la mayoría de ocasiones el silencio administrativo actúa en contra del demandante, aunque en algunos casos no es así, lamento no poder concretarte si el TEAR está entre las excepciones.

Saludos y Feliz Año

#3

Re: Recurso TEAR

Artículo 240. Plazo de resolución.

1. La duración del procedimiento en cualquiera de sus instancias será de un año contado desde la interposición de la reclamación. Transcurrido este plazo, el interesado podrá considerar desestimada la reclamación al objeto de interponer el recurso procedente, cuyo plazo se contará a partir del día siguiente de la finalización del plazo de un año a que se refiere este apartado.

Ley General Tributaria.

Saludos.

#4

Re: Recurso TEAR

Gracias por tu respuesta.

Ahora sí que estoy liado. En el párrafo siguiente del artículo que amablemente me has puesto dice:

El tribunal deberá resolver expresamente en todo caso. Los plazos para la interposición de los correspondientes recursos comenzarán a contarse desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa.

Es decir, por silencio administrativo me desestiman el recurso, ¿pero después me pueden contestar que tengo razón?
Saludos

#5

Re: Recurso TEAR

Así lo entiendo yo también: "deberá resolver expresamente en todo caso". Y te podrán contestar que tienes razón o que no la tienes, iniciándose un nuevo plazo para recurrir.

Saludos.

#6

Re: Recurso TEAR

Hola a todos,
Yo tambien he presentado una reclamación al TEAR hace unos dos años,y aun no me han contestado.
Entiendo que aunque tarden el tiempo que tarden en resolverme expresamente, ¿siempre podré ir a un contencioso?.
¿Que plazo hay desde la resolución expresa del TEAR, para presentar el recurso contencioso?.
Saludos y gracias.