El usufructuario no paga nada. El que recibe tendrá que hacer declaración de la renta (solo cuando lo vende). Si hay usufructuario y se vende, la ley creo que obliga a darle el 10% de la venta, por lo que también tendrá que hacer IRPF cuando se venda.
No recuerdo lo que nos costó, pero calcula notario y gestoría para liquidar impuestos. Puede rondar los 1000 euros, pero no estoy seguro. Y luego los propios impuestos (sucesiones y plusvalia). La gestoría, si tienes tiempo, te la puedes ahorrar.
La plusvalia municipal se suele pagar, si o si, no suele hacer excepciones.
El impuesto de sucesiones obliga a valorar los bienes que se reciben (tasacion 'realista' de la vivienda). Se paga en la comunidad autonoma y depende de unos importes minimos y del grado de parentesco con el fallecido. P.ej. los hijos heredan 'gratis' la vivienda hasta un valor de p.ej, 150.000 euros, y el resto del importe paga un impuesto que suele ir por tramos.
Si hay joyas, cuadros, terrenos, coches.... todo eso debe valorarse y declararse.
Guarda toda la documentación porque si la vendes, la necesitarás.
Todo eso se considera compra y gastos vinculados a la compra. Cuando vendas, se declara en el IRPF para calcular la ganancia patrimonial en caso de venta. Cuanto mas alto sea el valor de compra, menos pagas de IRPF. Normalmente es mas interesante tasar la compra lo mas alto posible, porque el impuesto de sucesiones suele ser menor que el IRPF (eso depende de la comunidad autónoma).