Buenas tardes.
Ese inmueble si lo tienes en propiedad tendrás que declararlo, no?
Si recibes una renta por el mismo o lo tienes cedido el IBI minoraría como tasa al rendimiento integro.
Si no recibes renta por el mismo entonces no puedes minorar ese resultado.
Salvo mejor información es lo que yo haría.
En caso de imputación de rentas por estar el inmueble a disposición de sus usuarios o uso como vivienda habitual no podemos desgravarnos la tasa, pero no es el caso por el que preguntas ya que si tiene un uso turístico.
Existiría un prorrateo de ese impuesto y otros gastos en función del tiempo que tenas cedida la propiedad para uso turístico.
Un saludo!
Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy