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Local comercial sin división horizontal

5 respuestas
Local comercial sin división horizontal
Local comercial sin división horizontal
#1

Local comercial sin división horizontal

Tengo un edificio con dos viviendas y un local, sin división horizontal. Las viviendas se vienen alquilando a profesores por cursos, y tanto los rendimientos como los gastos deducibles se englobaban en la misma referencia catastral y apartado de la declaración (un año Hacienda me requirió información y no puso objeción alguna). Pero el pasado año alquilé también el local comercial, con IVA y retención como mandan los cánones. ¿Cómo debo ahora declarar esos ingresos y retenciones si la referencia catastral del inmueble ya está "cogida" con el alquiler de las viviendas? Agradecería el consejo y la solución de algún experto. ¡Muchas gracias!
#2

Re: Local comercial sin división horizontal

Hola,

La solución que creo que le puede solventar su problemática se basa en -ya que el aplicativo RentaWeb lo permite, sin mostrar inconveniente alguno a la hora de realizar la presentación- es declarar el mismo inmueble dos veces, a pesar de la identidad de datos identificativos (dirección y referencia catastral), reitero, "el programa no se queja". Así podrá incluir en la declaración los ingresos y gastos btenido por las viviendas y por el local comercial de manera separada y sobre todo -supongo que este habrá sido el principal motivo de la consulta que ha realizado- poder aplicar únicamente sobre los rendimientos de las primeras la reducción existentes por destinarlas a tal fin.

Este modo de actuación no supone ningún tipo de incumplimiento de ninguna normativa, simplemente se trata de "forzar" la aplicación con la que se debe proceder a la confección de la autoliquidación, a pesar de la incongruencia que resulta de declarar por duplicado un mismo bien, pero todo ello se realiza con la finalidad de poder incluir todas las rentas que deben figurar en la misma, conforme a la Ley del Impuesto.

Espero que le sea de utilidad,
Un saludo.
#3

Re: Local comercial sin división horizontal

 Muchas gracias Maqiz, ya imaginaba que la solución iría por ahí. No obstante se plantea otro problema, pues el local ha estado alquilado solo desde octubre de 2023, el resto del año vacío. Si doy de alta este nuevo inmueble con la misma referencia catastral  y computo como uso de alquiler de negocio esos 92 días, el resto debería ponerlo en "a disposición de su titulares", pero en ese caso ya me pide valoración catastral  y resto de datos (precio y fecha adquisición, etc) para la amortización, y todo eso ya está consignado de forma automática en la información del inmueble referente a los pisos; por tanto los rendimientos de ese local no se benefician de ninguna deducción por gastos ni amortizaciones. Pero habrá que hacerlo así. 
#4

Re: Local comercial sin división horizontal

Hola,

Tanto para individualizar los valores de adquisición como los valores catastrales bastaría con distribuir el mismo según la superficie que ocupe cada uno de ellos -es más, en años anteriores no debería haber practicado la amortización introduciendo para ello el valor catastral total, si no sólo la proporción sobre el mismo que representan las viviendas, pero si la Administración no se mostró disconforme, no seremos nosotros quien la contradiga-.

A estos efectos, le pondré un ejemplo para una mayor claridad: según los datos de la ficha catastral del inmueble, tiene una superficie total de 277m2, estando formando por una primera planta ocupada íntegramente por el local comercial (117m2) y una segunda en la que se integran los dos vivienda (79m2 una de ellas y 81m2 la otra).
Pues, cuando se introduzca el valor catastral para el cálculo de la renta imputada por estar el inmueble a disposición del contribuyente durante parte del año -ya que, según indica, el arrendamiento se concertó una vez iniciado el mismo-, así cómo los valores de adquisición y catastrales en la sección de amortización, lo que se debe indicar es lo siguiente:

- En el local comercial, un 42,24% (177/277)
- En las viviendas, un 28,52% (79/277) y un 29,24% (81/277) cada una de ellas -un 57,76% (160 -79+81- /277) si se declaran conjuntamente-.

Un saludo y ánimo,
#5

Re: Local comercial sin división horizontal

De nuevo muchas gracias. Lo voy a estudiar así, tengo para un rato.
#6

Re: Local comercial sin división horizontal

Siguiendo las indicaciones de Maqiz, he repartido porcentualmente los espacios de local y viviendas según superficies del Catastro, como base para el cálculo de los respectivos valores a consignar en los apartados de amortización. De esta forma el sistema ya calcula renta imputada para los periodos no alquilados y el propio dato de amortización. Igualmente he repartido en la misma proporción los gastos de IBI y tasas municipales del inmueble, consignando los rendimientos correspondientes (por un lado los de las viviendas con la reducción del 60%) y por otro los del local comercial con su correspondiente retención. Creo que, en efecto, es lo correcto de cara a la Agencia Tributaria al no haber división horizontal. Únicamente, al haber dos inmuebles con la misma referencia catastral, el sistema me avisa de que excede el número de días consignados para cada uso, pero no impide aceptar. Mi duda es si los datos de valoración catastral, de compra, etc.  modificados este año se mantendrán en los datos fiscales el próximo ejercicio, o tendré que ponerlos de nuevo a mano según los criterios expuestos. Gracias de niuevo, Maqiz, y espero que la resolución sirva a otros contribuyentes en situación parecida.