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Pago de IBI en arrendamiento

4 respuestas
Pago de IBI en arrendamiento
Pago de IBI en arrendamiento
#1

Pago de IBI en arrendamiento

Hola a todos,

Disculpar que os moleste, pero un amigo de la familia, pregunta esto y me da miedo pronunciarme sin consultar antes con vosotros, expongo el caso,

La madre de estos amigos, alquila un piso hace cosa de unos treinta y cinco años, en el contrato en cuanto a gastos sólo hace mención a que la parte arrendataria abonará la cuota correspondiente más los gastos de comunidad.

Y los demás gastos serán acordes a la vigente legislación.

Y ahora dadas las circunstancias que nos atañen, reclaman la parte arrendadora a la arrendaticia el pago del IBI, lo que yo indagué antes de molestaros es lo siguiente,

Según la Ley de Arrendamiento Urbanos, concretamente en la "DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985." En su apartado "C) Otros derechos del arrendador".

10. Para las anualidades del contrato que se inicien a partir de la entrada en vigor de esta Ley, el arrendador tendrá los siguientes derechos:

Podrá exigir del arrendatario el total importe de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponda al inmueble arrendado. Cuando la cuota no estuviese individualizada se dividirá en proporción a la superficie de cada vivienda.

Me gustaría si fuere posible conocer vuestra opinión antes de pronunciarme.

Un cordial saludo, Ricardo.

#3

Re: Pago de IBI en arrendamiento

Muchas gracias,

Buen fin de semana,

Un saludo, Ricardo.

#4

Re: Pago de IBI en arrendamiento


Perdonad mi ignorancia. Si el contrato dice que “los demás gastos serán de acuerdo a la legislación vigente”, y el sujeto pasivo del IBI es el propietario, ¿qué apoyo legal tiene el propietario para exigir la repercusión del IBI al inquilino?.

Parece que la ley dice que el propietario “PODRA” repercutir el IBI. Es una opción que admite la ley, cuya determinación debería establecerse expresamente en el contrato.

¿Me podéis sacar de la duda?.

Saludos.

#5

Re: Pago de IBI en arrendamiento

En el caso de contratos antiguos, en los que no se ha actualizado la renta, se les concedió a los propietarios ese derecho de poder repercutir el IBI, aunque no figurase la posiblidad en el contrato. Se hizo a través de la LAU, como bien indica Ricardo, y la propia justificación la tienes en la sentencia (en su resumen, incluso).

Saludos.