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Modelo 600 - modelo 600

5 respuestas
Modelo 600 - modelo 600
Modelo 600 - modelo 600
#1

Modelo 600 - modelo 600

Vivienda obra nueva liquidación impuesto modelo 600, matrimonio en separación de bienes donde para 

uno de los cónyuges será residencia habitual y primera vivienda y el 

otro cónyuge será segunda residencia y primera vivienda


Cómo se líquida esto? Es posible?
Dónde quedaría reflejado este hecho

 
#2

Re: Modelo 600 - modelo 600

yo diría que en la comunidad autonoma donde se situa dicha vivienda
#3

Re: Modelo 600 - modelo 600

El impuesto se liquida en la comunidad donde radica el bien. Es indiferente a que se vaya a dedicar el piso, salvo que haya alguna reducción para determinados casos. Si habeis comprado al 50%, cada cual liquida su parte. Incluso aunque estuvierais casados en gananciales. Luego para ver si va a a ser vivienda habitual o no habrá que remitirse a lo que diga el IRPF.
#4

Re: Modelo 600 - modelo 600

Hola se puede presentar el modelo 600 de forma telemática, de cuanto tiempo se dispone desde la operación.
#5

Re: Modelo 600 - modelo 600

 
Tu Comunidad Autónoma tendrá en su página web un apartado dedicado a la gestión del impuesto. Confirma allí los requisitos para la presentación telemática. 

Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados 
"Artículo 102. Plazo de presentación. 
1. El plazo para la presentación de las declaracionesliquidaciones, junto con el documento o la declaración escrita sustitutiva del documento, será de treinta días hábiles a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato."

Ojo,  algunas Comunidades Autónomas han modificado el plazo de la legislación estatal. En la mía, Aragón, el plazo es de un mes y no de treinta días hábiles. Consulta en la página web de tu Comunidad. 
#6

Re: Modelo 600 - modelo 600

Muchas gracias, en Andalucía son 2 meses.