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Requerimiento de la AEAT: tramitación separada o conjunta

5 respuestas
Requerimiento de la AEAT: tramitación separada o conjunta
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Requerimiento de la AEAT: tramitación separada o conjunta
#1

Requerimiento de la AEAT: tramitación separada o conjunta

Buenas tardes, he recibido un requerimiento de la AEAT porque me reclaman la documentación justificativa de la venta de mi vivienda habitual. Hay un párrafo que no entiendo y os agradecería si alguien me lo puede aclarar. Es el siguiente:

""Si como consecuencia de la tramitación del procedimiento de gestión tributaria que se inicia con el
presente requerimiento se detectara una posible conducta infractora susceptible de la apertura de
procedimiento sancionador,
la tramitación de ambos procedimientos, el ahora iniciado y el sancionador,
 se efectuaría de forma separada
. No obstante, le informamos que podrá renunciar a la tramitación
 separada de ese posible procedimiento sancionador
únicamente si así lo manifiesta, por escrito, en
el plazo de los dos meses posteriores a la notificación del presente requerimiento. En el caso de que
en ese período de tiempo se le notificase una propuesta de resolución del procedimiento de gestión
tributaria, entonces el plazo para la renuncia al procedimiento sancionador separado abarcará hasta la
finalización del trámite de alegaciones que se abrirá con la notificación de dicha propuesta.
""

Muchas gracias.
#2

Re: Requerimiento de la AEAT: tramitación separada o conjunta

Lo que pone, que si abren un procedimiento sancionador, se tramitará de forma separada, independiente, con sus propias cartitas...
Salvo que te empeñes en que lo hagan conjuntamente con este, en cuyo caso tendrías que decirselo, pero es una cosa que no tiene mucho sentido.
Vamos, que ni caso, no digas nada a ese respecto y ya llegará si procede la sanción.

Un saludo

#3

Re: Requerimiento de la AEAT: tramitación separada o conjunta

Muchas gracias por la información y por el consejo. Entre que recibo el sms un viernes a las 9 de la noche y me leo el requerimiento, pues con los nervios no entiendo la mitad de las cosas. Gracias de nuevo.
#4

Re: Requerimiento de la AEAT: propuesta de liquidación

Ahora me han mandado una propuesta de liquidación, según la cual tengo que pagar una cantidad bastante alta, y creo que tienen razón porque entre la información que me dio el notario y el programa de la renta no se declararon correctamente la venta y la compra de la vivienda habitual. Ya sé que la ignorancia de la ley no excusa... y que la omisión fue sin ningún ánimo de defraudar, (todo el mundo dirá eso, pero es absolutamente cierto). 
¿Es mejor aceptarlo y esperar a la liquidación provisional, o consultar con un experto y presentar alguna alegación?
¿Estas cosas llevan mucha sanción, depende del criterio del inspector?
Muchas gracias.

#5

Re: Requerimiento de la AEAT: propuesta de liquidación

Si lo que dicen es cierto, lo mismo da que alegues que no, no cambiará nada la liquidación. Lo único que se puede hacer, o ahora o cuando inicien el procedimiento sancionador, es intentar demostrar que lo que se hizo, se hizo con una interpretación razonable de la norma, si es que se puede. Es lo único que podría salvar la sanción, en cualquier otro caso, la sanción es casi automática, no hay mucho margen, a falta de ingreso, se aplica la de falta de ingreso, y así. 

Un saludo

#6

Re: Requerimiento de la AEAT: propuesta de liquidación

Pensando en el futuro expediente sancionador, yo creo que es mejor hacer alegaciones procurando demostrar que tu interpretación de la ley es razonable. 
Los argumentos que no expongas ahora, es probable que después no te los admitan.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.