la ley del IRPF habla de forma genérica de ganancias y pérdidas en el juego.
"
No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:
d) Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período.
" las ganancias en el juego, se considerarán ganancias patrimoniales de la persona a quien corresponda el derecho a su obtención o que las haya ganado directamente "
Otra cosa es que Hacienda te admita los certificados/justificantes que puedas aportar o te diga que no le vale el formato, como ha comentado gente que le ha pasado con brokers extranjeros con las retenciones de acciones,
o que jugar en casas sin licencia pueda ser sancionable por otras leyes:
ley del juego
Artículo 41. Infracciones leves.
Constituyen infracciones leves:
f) Participar desde España, a través del uso de técnicas de enmascaramiento de direcciones IP territoriales españolas, en las actividades de juego a las que se refiere el artículo 2.1 ofrecidas a través de páginas distintas de las legalmente habilitadas por operadores de juego con título habilitante en España.