Buenas noches:
Normalmente en los presupuestos de las obras hay tres tipos de niveles de precios:
- Precios de los materiales
- Mano de obra.
A ellos se le suman los costes indirectos para la ejecución material y se obtiene el Precio de Ejecución Material. No incluyen otros costes como los generales o los impuestos.
En el caso del valor de adquisición del terreno es el precio del material, que es el que sirve de comparación con el precio de venta del terreno.
Si compras materiales, pero no los utilizas ni les das más valor, no generarías costes indirectos. Los cuales se generan mediante un trabajo para sacarle la utilidad al bien raíz o primario.
Cuando se compra, se incurre en unos costes indirectos, que son los que el Tribunal Supremo ha considerado que no hay que incluir.
Así pues, los otros costes no son de adquisición sino para su utilización y no son costes directos sino indirectos.
El coste directo por lo tanto es el valor del terreno y si por la diferencia de venta y compra se produce un beneficio, pues hay que sentirse orgulloso de contribuir.
Sé que esto puede ser difícil de entender, pero para entenderlo hay que simplificarlo, en el precio final de las cosas van incluidos diversos conceptos. Se ha de tener en cuenta que: el impuesto no maneja el concepto de precio del terreno sino valor del terreno.
Saludos.