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¿Es correcto pedir una fianza y un aval bancario en un contrato de alquiler de un local comercial, por un año, con opció

1 respuesta
¿Es correcto pedir una fianza y un aval bancario en un contrato de alquiler de un local comercial, por un año, con opció
¿Es correcto pedir una fianza y un aval bancario en un contrato de alquiler de un local comercial, por un año, con opció
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¿Es correcto pedir una fianza y un aval bancario en un contrato de alquiler de un local comercial, por un año, con opció

¿Es correcto pedir una fianza y un aval bancario en un contrato de alquiler de un local comercial, por un año, con opción a compra una vez finalizado el año del alquiler?
Me dice que la opción de compra a un año no lleva fianza. ¿Es correcto esto que me manifiesta el inquilino que quiere alquilar el local comercial con opción a compra?
También me pide que la cantidad que me pagaría por el alquiler durante un año, se la deduzca del precio de venta establecido y, también, que las obras que quiere realizar en el baño y el cambio de la puerta metálica actual, que funciona correctamente, la quiere cambiar por una eléctrica y, consecuentemente, que por esos gastos no quiere dar una fianza de dos meses, ni un aval bancario, el primero sería para garantizar desperfectos al terminar el contrato y el segundo para garantizar el pago mensual de los alquileres. Estoy con muchas dudas porque no me parecen correctas estas peticiones, máxime cuando ya rebajé 2.000 euros en el precio de venta y quería que le entregase las llaves sin haber firmado el contrato para él hacer el cambio de la puerta.
Muchas gracias por su atención,
Ignatia
#2

Re: ¿Es correcto pedir una fianza y un aval bancario en un contrato de alquiler de un local comercial, por un año, co...


Según la ley es obligatorio que le pidas e ingreses la fianza en el órgano de C.Autónoma correspondiente:
 
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 36.1 dispone en cuanto a la fianza lo siguiente:

«A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda«


Lo "normal" es que las mensualidades del alquiler se deduzcan del precio final, ahí la especialidad de "alquiler con opción a compra".
Lo demás, según acordéis. Si no te parece correcto, pues no se lo vendas.