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Modelo D6

1 respuesta
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#1

Modelo D6

Buenas tardes.

Trabajo con el broker Degiro, mi pregunta es sobre el modelo D-6, acciones y fondos en el extranjero, la duda que tengo es que este modelo ha de presentarse siempre que se tenga acciones o fondos a fecha de 31 de diciembre del año fiscal, según he leído, entiendo que si antes del 31 de diciembre no se tiene acciones ni dinero en fondos, no hay que presentar el modelo, agradecería me aclarasen la duda.

Gracias.
#2

Re: Modelo D6

Si no has tenido nada, no debes presentarlo.
Es obligatorio cuando a 31 de diciembre tienes posiciones en el extranjero.
El plazo para presentarlo es antes de que finalice el mes de enero del año siguiente