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Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

8 respuestas
Venta de Acciones Homogéneas. IRPF
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Venta de Acciones Homogéneas. IRPF
#1

Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Tengo varias pequeñas cuentas de valores, en varias entidades. Y compro y vendo pequeños paquetes con frecuencia. 

Para declarar la Ganancia o Pérdida Patrimonial para el IRPF, al importe de cada venta le resto el importe de la compra del mismo nº de acciones por el método FIFO, incluidos los Gastos. 

Actualmente, la mayoría con pérdidas, ya que fueron adquiridas incluso en otros ejercicios. 

Pero, a la hora de rellenar mi IRPF, me dice: “No imputar las pérdidas por Recompra de Acciones homogéneas en los 2 meses anteriores o posteriores a la transmisión”. Y con esto no sé si lo estoy haciendo mal. 

Si yo vendo (p.ej. 500 acciones) con Pérdidas (p.ej. el 1 de junio), ¿quiere esto decir, que si he comprado acciones entre el 1 de abril y el 1 de agosto, no me puedo imputar la pérdida de esa venta de junio?. Y, Cuales son las reglas, si en esos 4 meses, antes o después del 1 de junio, he comprado más o menos de 500 títulos? 

Y, ¿qué son acciones homogéneas? ¿Qué pertenezcan a la misma cuenta de valores (por tanto mismos titulares), y que sean de la misma sociedad (p.ej. de caixabank)?. 

Y, si son, de la misma cuenta de valores, del mismo IBEX-35, del mismo sector financiero, pero de diferente sociedad (p.ej. de Caixabank y B.Santander? 

Muchas Gracias 

#3

Re: Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Valores homogéneos son la misma sociedad (por ejemplo, Caixabank) y con los mismos titulares (por ejemplo, si tú vendes de una cuenta en la que eres titular único y compras en otra co-titularidad con tu cónyuge, no son homogéneos).
Se computa el mismo nº de acciones: vendes 500 con pérdidas, recompras 350, entonces a 350 de las vendidas que no puedes imputar las pérdidas y tienes que dejarlas pendientes.
#4

Re: Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Entonces las Pérdidas de los 350 titulos que recompras y que dices que se quedan pendientes se pueden compensar más adelante? Cuando? Y como?

y, por otro lado, entiendo, que no se puede evitar la aplicacion de la norma con cuentas en diferentes bancos si estan las dos a nombre de el mismo y unico titular, verdad?

Muchas gracias por su gran ayuda
#5

Re: Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Muy interesante y bien explicado.
Muchas gracias
#6

Re: Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Y, una última preguta:
 La aplicación o no de estas pérdidas, tanto si hay como si no hay reinversión de éstas en los 2meses, lo hace automáticamente el programa de Hacienda si se rellena mediante al cartera de valores que se incluye en el mismo? 
Graciassss
#7

Re: Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Ya lo he visto. Parece que el programa, aún teniendo los datos, no lo hace. Lo tenemos que marcar nosotros.
#8

Re: Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Una pregunta compañero:
Se consideran valores homogeneos si son acciones emitidas por la misma entidad, pero las compro por diferentes entidades financieras; si el titular de estas entidades financieras sigo siendo yo sola?
O es necesario que la titularidad de la otra cuenta sea compartida?
Estamos hablando de titularidad de la cuenta de valores, o de la titularidad de la cuenta corriente asociada a la cuenta de valores?

Muchas Gracias
#9

Re: Venta de Acciones Homogéneas. IRPF

Hola Dafasaloal
Si el titular de la cuenta de valores es la misma persona física, se consideran valores homogéneos, debes cambiar titulares de las cuentas de valores.
Un saludo.