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Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?

6 respuestas
Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?
Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?
#1

Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?

Un padre dona a un hijo una casa reservandose el usufructo, en la escritura pone como valor del bien 100.000,00.-€  y como valor de la nuda propiedad 85.000,00.-€, ¿ a la hora de calcular el padre en el IRPF la ganancia o perdida patrimonial, ¿se pone como valor de transmisión  las 100,000.-€ o los 85.000,00.-€ de la nuda propiedad?

gracias

#3

Re: Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?

El valor de transmisión es claramente el de la nuda propiedad (85.000), que es lo que se transmite. El problema viene en el de adquisición, ya que se adquirió la totalidad del pleno dominio en su momento, no solo la nuda.

Yo entiendo que hay que aplicar al valor de adquisición el mismo porcentaje que se aplica ahora, es decir, el 85%. Pero lo cierto es que me chirría algo y no te lo puedo asegurar al 100%, ya que el valor del usufructo que se reserva ahora es menor que en el momento de la adquisición. Puede que ese sea el criterio que se siga en las oficinas de la AEAT, calcular el usufructo en ambos momentos y sacar por diferencia el de la nuda de ambos momentos.

Un saludo

#4

Re: Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?

Muchisimas gracias a buenavista y a leopol72.

buen fin de semana

#5

Re: Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?

La pérdida patrimonial, si la hubiese, no debe computarse (art. 33.5.c) LIRPF:

5. No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:

c) Las debidas a transmisiones lucrativas por actos ínter vivos o a liberalidades.

En relación a la valoración del usufructo, me parece muy sugerente lo que indica leopol72.

He dedicado un rato a buscar un sustento en la norma, o interpretattivo por la DGT, y no he encontrado nada.

Seguiremos....

 

 

#6

Re: Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?

Muchas gracias a todos los que  me estais ayudando en este hilo, pero continuo:  El padre le dona al hijo un piso en el cual tiene en el IRPF una ganancia patrimonial de 10.000,00.-€, pero tambien le dona otro piso en el que se da una perdida patrimonial de 1.000,00.-€, por lo que el resultado es de una ganancia de 9.000,00.-€,  ¿ es esto posible, o segun lo determinado en el art 33,c,5  del IRPF si se genera perdida patrimonial no se computara, por lo que la ganancia es de 10.000,00.-€, teniendo que no computarse la perdida de los 1000,00.-€, teniendose que anular "a mano" la perdida.

muchas gracias y buen dia

#7

Re: Como tributan las Donaciones con Reserva de Usufructo?

Dada la dicción del precepto me temo que es como planteas.

 

Saludos.