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Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler

5 respuestas
Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler
Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler
#1

Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler

Soy propietaria de un piso en Londres que está alquilado como vivienda habitual.

Estoy preparando la declaración de la renta en España (aquí declaro mi renta mundial) y se me presenta la siguiente duda: si el piso estuviera en España, podría con los datos del catastro calcular el valor de adquisición menos el valor del suelo y amortizar al 3% esa cantidad.

Puesto que el piso está en el extranjero, no tengo datos catastrales, es decir,  no sé qué parte del valor de adquisición corresponde a valor suelo y qué parte a valor de construción, por lo que no sé qué cantidad puedo tomar como base para aplicar la amortización al 3%.

¿Qué procede en este caso? ¿Existe alguna fórmula que se pueda aplicar cuando no se disponen de datos de catastro o algún porcentaje concreto que se aplique por defecto cuando el inmueble esté en el extranjero?

#2

Re: Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler

Tengo la misma duda, que porcentaje tomarías como valos de construcción? Cuando no hay valor catastral

#3

Re: Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler

El que puedas probar.

Como puedes comprobar,  la Agencia Tributaria no se moja mucho (nada):

https://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V2955-18

Copio y pego del enlace:

En cuanto a la determinación de cuál es el valor del suelo, y cuál es el valor de construcción del inmueble, es una cuestión ajena a las competencias de este Centro Directivo.

En cualquier caso , dicho valores deberán poder ser probados por el consultante por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, según dispone el artículo 106 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre, BOE del 18), ante los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria a quienes corresponderá valorarlas, a requerimiento de los mismos, siendo éste el momento, y no otro anterior, de aportar las pruebas que estime oportunas.

Un saludo.

#4

Re: Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler

Muchas gracias por la respuesta

#5

Re: Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler

Hola,

me encuentro en la misma situación. ¿Como has amortizado el piso en Inglaterra?

Muchas gracias,
#6

Re: Inmueble en el extranjero (Reino Unido) - amortización al 3% de valor de construcción de inmueble en alquiler

Suele ser 40% valor del suelo y 60% la vivienda en el RU en propiedades "freehold". Lo mejor es contactar un tasador local (surveyor) para tasarla oficialmente por una carta. Cobrarán alrededor de los €600 pero merece la pena si lo pida Hacienda con los pocos días que le dan para contestar.