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Porcentajes titular Formal versus Real en DEPÓSITOS (Cónyuges gananciales) - Modelo 720
Buenos tardes a todos,
Mi mujer y yo, en todos los Depósitos, figuramos como titulares formales – únicos- (sin autorizar al otro siquiera).
Leyendo las preguntas frecuentes de AEAT, es claro que cada uno (aparte de lo suyo, como titular Formal) ha de incluir el 50% de su cónyuge como Tít. Real.
La duda es: Respecto de los Depósitos de que se es titular Formal único ¿Se debe poner porcentaje 100% o 50% ?
He preguntado en hacienda dos veces, pero me han dicho cada vez una cosa diferente !!.
Muchas gracias.
Saludos,
Juan