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¿Puedo acceder a la jubilación anticipada a los 63 tras un despido objetivo improcedente? - Seguridad Social

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¿Puedo acceder a la jubilación anticipada a los 63 tras un despido objetivo improcedente? - Seguridad Social
¿Puedo acceder a la jubilación anticipada a los 63 tras un despido objetivo improcedente? - Seguridad Social
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¿Puedo acceder a la jubilación anticipada a los 63 tras un despido objetivo improcedente? - Seguridad Social

He leído que si un despido objetivo se declara improcedente en el acto de conciliación puedes acceder a la jubilación anticipada a los 63. Pero lo cierto es que, el  artículo 161.bis 2 de la Ley General de la Seguridad Social, donde se regula la Jubilación anticipada, no dice nada a este respecto. No me queda nada claro porque, según interpreto en este artículo, no se puede acceder en este tipo de despidos. O al menos yo no lo veo. A ver si alguien puede aclarármelo. Gracias y saludos.