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Fiscalidad Preferentes en caso de Nulidad

2 respuestas
Fiscalidad Preferentes en caso de Nulidad
Fiscalidad Preferentes en caso de Nulidad
#1

Fiscalidad Preferentes en caso de Nulidad

Quería hacer una consulta respecto a cómo tratar el tema de preferentes una vez que ha sido declarada la nulidad por un juez y devuelto el dinero y los intereses legales. Sobre todo en lo relacionado a lo que ya se ha declarado anteriormente.

A continuación expongo los puntos y lo que considero se tiene que hacer:

1- Intereses o cupones que se declararon a hacienda relacionados con las preferentes.

- Entiendo que pueden ser reclamados todos los pagos a hacienda (retenciones del 21% normalmente) que se realizaron para que sean devueltos.

2- Rentas negativas 2013 como consecuencia de la conversión forzosa a acciones.

- Entiendo que caso de haberse compensado esas pérdidas con ganancias de cuentas, depósitos, etc... (y si se devuelve la totalidad del nominal según la resolución judicial), se debería hacer una paralela de 2013 quitando ese concepto de pérdidas declarado.

- Otra posibilidad es haber declarado nuevamente ganancias de capital mobiliario en 2014 (las mismas que se declararon como perdidas en 2013).

- No correspondería compensar más pérdidas en caso de no haberlas cubierto con las ganancias de 2013 (hay 4 años) en ejercicios posteriores.

3- Los intereses legales recibidos.

- Entiendo que se deberían considerar como intereses legales los que salen del cálculo, es decir, los cobrados de las preferentes desde 2009 + los cobrados realmente tras la resolución judicial. Esto es considerando que según el punto 1 se reclamen las retenciones indebidas de los intereses cobrados.

- Estos intereses se deberían declarar como ganancias mobiliarias o cómo incremento de patrimonio??.

Agradecería me respondieran a cada punto si es posible. No obstante, si es como digo parece que es todo un poco complicado, cuando realmente al final es posible que quede todo más o menos igual, ya que descontamos y luego añadimos.

¿Hasta que punto se controla desde hacienda las resoluciones de las reclamaciones por preferentes que han sido ganadas y retornadas? y ¿hasta que punto están siendo estrictos con las mismas?

Gracias anticipadas
Saludos

#2

Re: Fiscalidad Preferentes en caso de Nulidad

Si se obtiene la recuperación total del nominal inicialmente invertido en las Preferentes, con los intereses legales que corresponden al periodo vigente de las Preferentes, la cuestión es deshacer lo hecho fiscalmente por esta circunstancia ya que se declara nulo el proceso y es como sino hubieran existido.

Si en diversos ejercicios se cobraron intereses generados por las Preferentes y fueron declarados estos rendimientos del capital, dichos ejercicios serán rectificados anulando estos rendimientos declarados y por los que se tributo.

No confundir con la retención practicada ya que esta retención es simplemente un pago a cuenta de todas nuestras rentas y que al presentar la Declaración minora la Cuota Tributaria en la cantidad que previamente hemos Entrado a Cuenta (retenciones).

Pongo un ejemplo teórico para que se entienda esta diferencia que muchos confunden: Diferencia entre tipo marginal y tipo de retención que no tienen porque coincidir.

Contribuyente que tiene Rendimientos del Capital de diversos instrumentos financieros por valor de 60.000 euros y además en ese ejercicio Ganancias (plusvalías) de ventas por valor de 40.000 euros, la suma de ambas rentas se integran en la Base del Ahorro que tributa de la siguiente forma:

En 2014 - Los primeros 6.000 euros al tipo del 21%
De 6.000 a 24.000 ...... al tipo del 25%
Superior a 24.000....... al tipo del 27%

Esta incluido la tabla complementaria que en el 2014 estaba vigente

Según esto la Cuota Tributaria de los 100.000 euros seria :
6.000 x 0.21 = 1.260
18.000 x 0.25 = 4.500
76.000 x 0.27 = 20.520

Total .. 100.000 una cuota de 26.280

Si las Preferentes incluidas en estas rentas suponían 30.000 euros y las quitamos como rentas del ejercicio , no declararía 100.000 euros sino 70.000 euros cuya cuota seria:
6.000 x 0.21 = 1.260
18.000 x 0.25 = 4.500
46.000 x 0.27 = 12.420

Total 70.000 euros una cuota de 18.180 euros.

Por no declarar las Preferentes mi cuota ha pasado de 26.280 a 18.180 , me tienen que devolver 8.100 euros . Cuanto me han retenido por estas rentas de las Preferentes , el 21% que serian 6.300 euros , veras que no solicito la recuperación de las retenciones , sino el impuesto pagado de mas por haber incrementando la renta del capital en 30.000 euros que no debería haber incluido.

En cuanto a las conversiones y las perdidas generadas que se trataron de compensar con otras ganancias, seria cuestión de realizar complementarias donde no se incluyeran las perdidas a compensar y si quedaron pendientes de compensar partidas para los próximos 4 ejercicios, estas no se aplicaran.

En contrapartida los intereses legales que se recibirían, son rendimientos de capital que se deben incluir como rentas cobradas.

Cada caso tendría un tratamiento pero en trazo grueso , este seria el planteamiento.

Saludos

#3

Re: Fiscalidad Preferentes en caso de Nulidad

Gracias por la respuesta.

Lo que no acabo de ver si:

Desde 2009 me dieron cupones o intereses por valor de 5000€

y con la nulidad se resuelve que los intereses legales son 6000€.

Pero sólo me abonan 1000€ porque me descuentan lo que ya me dieron:

6000€ - 5000€ =1000€.

En lugar de reclamar lo pagado por declaraciones anteriores de intereses indebidos en base a 5000€ y después declarar 6000€, ¿no sería igual de valido no hacer la declaración de sólo los 1000€ de diferencia?

Por otro lado:

¿Hasta que punto se controla desde hacienda las resoluciones de las reclamaciones por preferentes que han sido ganadas y retornadas? y ¿hasta que punto están siendo estrictos con las mismas?

Gracias
Saludos