Si venden la vivienda, no deberían de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, sino el Impuesto Renta No residentes.
Sería una ganancia patrimonial entre el precio de venta y el precio de compra (49.000 euros). A esa ganancia y debido a que el inmueble se adquirió antes de 31/12/94 se pueden aplicar los coeficientes de abatimiento. El cálculo de este beneficio fiscal se haría:.
Suponiendo fecha de compra 01/07/83 y fecha de venta 31/10/15, días transcurridos 11.810 días.
Días transcurridos desde 01/07/83 hasta la fecha 19/01/06: 8.238 días.
8.238/11.810 = 69,75% de la ganancia estaría exenta de tributación. Por tanto debería hacerlo por el 30,25% restante.
49.000 euros al 30,25 = 14.822,50 euros que a un tipo impositivo del 19,50% tendría que pagar 2.890,38 euros..
No hay que olvidarse del Impuesto municipal de plusvalía que, si no estoy equivocado, cuando el vendedor es un no residente debe de pagarla el comprador.
Y además el comprador debería retener el 3% del precio de venta.como pago a cuenta del Impuesto.
Un saludo.