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Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

14 respuestas
Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014
Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014
#1

Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

La pregunta es simple y escueta. ¿con que se pueden compensar las ganancias patrimoniales de menos de un año en la Renta de 2014?

He leído algo que se podrían compensar con del 10% de los rendimientos del trabajo, pero no tengo claro si corresponde a la renta 2015 con la nueva reforma fiscal.

Gracias

#2

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Se compensaran primero con otras ganancias de la misma naturaleza y periodo y con hasta el 10% de la Base Imponible General.

Saludos

#3

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Querrás decir con otras pérdidas de la misma naturaleza y periodo, verdad?

En caso de que no existan esas pérdidas se pueden compensar con hasta el 10% de rendimientos del trabajo?

Saludos

#4

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Curioso tu interpretacion : Compensar perdidas con perdidas , siempre he pensado que lo negativo solo se puede compensar con lo positivo , porque negativo mas negativo solo aumenta el negativo.

La primera contestacion es correcta se compensa primero con otras ganancias y si no las hubiera con el 10% de la Base Imponible General, asi hasta que lo compenses todo o termine el periodo de los CUATRO ejercicios posteriores a la primera declaracion.

Saludos

#5

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Buenas tardes,
He invertido en CFDs este año y antes de poner los mismos me salia a pagar a pagar 1200€ y ahora he puesto las perdidas de CFDs en la casilla 288 clave 5, y resulta que mi base imponible general se ha reducido y encima ahora pago solo 52€, esto quiere decir que hacienda me va a devolver parte de mis perdidas? Es que me suena muy raro porque al poner las perdidas en la casilla 288 clave 5 me devuelven unos 1150€. Por cierto los CFDs aunque sean de interdin es casilla 288 clave 5 y no clave 4 no?
Por otro lado, los futuros también se pondrían en esta casilla no? y si no he agotado ese 10% puedo seguir deduciéndome el año que viene también. Es decir, tengo base imponible general 40000€ el 10% son 4000€ y yo sólo me he deducido 2500€, me sobrarían 1500€ para años siguientes?

Puede todo esto tener que ver con el 10% de rendimientos del trabajo? y

#6

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Las perdidas estan bien incluidas ya que son menores del año, son liquidaciones diarias.

No entiendo que te queden 1.500 por compensar, que importe es la perdida ?

Si la perdida es menor al 10% de la Base Imponible General , esta esta totalmente compensada , solo quedaria pendiente de compensar la diferencia entre el importe de perdida declarada y el 10% de la BIG,

Saludos

#7

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Me refiero a que la base imponible general me sale 40000€ y el 10% son 4000€ me he deducido ya 2500€ de perdidas de este año, y en este 2015 con interdin el dia famoso de las operaciones cerradas me van a salir 1500€ de perdidas, las puedo compensar con esa parte restante que me quedaba del 10 de la BIG?.

Por cierto los futuros que son operaciones de menos de un año tambien pueden ir en la 288 no?.

Gracias, pues vaya alegria de pagar 1200 a pagar 20€ he "reducido mis perdidas en bolsa a la mitad este año".

#8

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Que mal me explico: Las perdidas de este 2014 han sido menos de 4.000 euros (10% BIG), si - no-

Si es si, ya esta todo compensado , el año 2015 es otro ejercicio en el que las perdidas latentes que tengas no tienen nada que ver con este 2014.

Si es no , es cuando te queda un pendiente de compensar para el 2015 , pero nada que ver con las posibles perdidas que tengas en el 2015.

Saludos

#9

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Muchas gracias, Lunatico eres un crack!!!!!

#10

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Por cierto una ultima cosa a debatir en este ejemplo, en teoría estas casillas de abajo deben ir así pero digo yo...si mi bróker me pone en cfds ganancias 889€ y perdidas 3389€ no debería poner la 293=889€ y la 294=3389€, a efectos fiscales sale el mismo resultado y también estaría bien hecha la declaración así no?

Casilla 294 Valor adquisición: Total de las pérdidas con el broker
Casilla 293 Valor trasmisión: 0

#11

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Alguna opinion respecto a la casilla 293 y 294

#12

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Que opinais de esto que comente :

"Por cierto una ultima cosa a debatir en este ejemplo, en teoría estas casillas de abajo deben ir así pero digo yo...si mi bróker me pone en CFDs ganancias 889€ y perdidas 3389€ no debería poner la 293=889€ y la 294=3389€, a efectos fiscales sale el mismo resultado y también estaría bien hecha la declaración así no?
Casilla 294 Valor adquisición: Total de las pérdidas con el broker
Casilla 293 Valor trasmisión: 0"

#13

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Hola lunático,

Cuando dices son liquidaciones diarias, a ver si me puedes resolver esta duda.

Según mi broker, solo son perdidas o ganancias cuando vendo las cfds que he comprado. Es decir, no se contabilizan las perdidas diarias si no se venden cfds comprados.

¿Esto es asi?

Es que si hago caso a mi broker, click trade, me sale muy distinta mi declaración.

Muchas gracias

#14

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Casilla 294 Valor adquisición: Total de las pérdidas con el broker
Casilla 293 Valor trasmisión: 0"

Es la forma mas correcta de declararlo, aunque el resultado sea el mismo.

Respecto a la ultima pregunta , no te paso el total de una consulta vinculante que es muy larga, pero muy instructiva y te pego una parte que aclara tu duda:

"Como se ha expuesto anteriormente, una de las características del contrato por diferencias objeto de consulta es su duración y renovación diaria y, por tanto, la ausencia de una fecha futura de vencimiento o de ejecución del mismo, así como la liquidación material diaria de las diferencias entre el precio de las acciones al efectuarse la contratación y el de cierre de mercado del mismo día y, sucesivamente, en tanto el cliente o la entidad de crédito no decidan poner fin a la posición abierta, entre el precio de cierre de cada día y el del día anterior.

Por otra parte, estas liquidaciones diarias dan lugar al correspondiente abono o cargo de efectivo en la cuenta del cliente, por lo que a la vista de tales características, ha de considerarse producida una alteración patrimonial en cada liquidación diaria, y no resultando aplicable ninguna de las reglas especiales de imputación temporal del artículo 14.2 de la Ley 35/2006, deberán, por tanto, imputarse a cada periodo impositivo las ganancias y pérdidas generadas por el contrato durante dicho periodo, con independencia de que a la finalización del mismo, la posición contractual se hubiese cerrado o permanezca abierta.".

Por si quieres ver la consulta en su totalidad es la V2076-07
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/consulta.htm

Saludos

#15

Re: Compensación gananacias patrimoniales menos de un año, Base imponible General. Renta 2014

Joer..pues muchísimas gracias Lunático.

Me lo guardo como oro en paño.Lo voy a declarar así.Me fastidia, porque en el informe fiscal de mi broker lo interpretan de la otra forma y como le de a Hacienda pararse en mi declaración, voy a tener que demostrarlo e igual tengo problemas.

Edito: no había entrado en el enlace, y veo que es algo oficial,por lo que entonces no tendría que tener problemas.

Un saludo