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Impuesto de donaciones, sucesiones y contrato de préstamo privado entre padre-hijo: Comunidad de Madrid

3 respuestas
Impuesto de donaciones, sucesiones y contrato de préstamo privado entre padre-hijo: Comunidad de Madrid
Impuesto de donaciones, sucesiones y contrato de préstamo privado entre padre-hijo: Comunidad de Madrid
#1

Impuesto de donaciones, sucesiones y contrato de préstamo privado entre padre-hijo: Comunidad de Madrid

Buenos días,

He leído que el gobierno central pretende modificar la ley de donaciones y sucesiones a todas las CCAA.

Os cuento mi caso:

En 2012, mi padre, alemán no residente en España, me hizo una transferencia por importe de 135.000,-euros para que pudiese pagar mi piso. Compré mi piso a finales de 2012, pagué con ese dinero el piso y el impuesto de transmisiones.

Dado que vive en el extranjero, está algo mayor y no quiere viajar, para no pagar impuestos, presentamos en Hacienda de Madrid un contrato de préstamo privado en vez de ir a la Notaría a hacer un documento público de donación. El único motivo es que mi padre no quería viajar a España y, de momento, decidimos hacer esta opción.

He hecho transferencias a mi padre por 3.000,-euros desde entonces, de cara a Hacienda, con lo que entiendo que debo 132.000. Mi padre quiere regalarme el dinero, entendemos que se puede hacer una condonación de la deuda.

Yo soy residente en España desde hace muchos años en la Comunidad de Madrid. Como veo que van a cambiar la ley, quizás si la diferencia es mucha, mi padre estaría dispuesto a hacer el viaje.

¿Alguien entiende de esto y me puede aconsejar qué podemos hacer? ¿Se espera que suba mucho el impuesto de donaciones-sucesiones de padre-hijo en Madrid?

#2

Re: Impuesto de donaciones, sucesiones y contrato de préstamo privado entre padre-hijo: Comunidad de Madrid

El cambio en el caso de tu padre y tuyo va a ser a mejor, es decir, beneficia a casos de no residentes, así que es al revés, debes esperar a que cambie.
Aunque en vuestro caso concreto, como se tributa donde reside el donatario, es decir en Madrid, lo podéis hacer ya por si quitan en el futuro la bonificación, y acogeros a la bonificación del 99% cumpliendo los requisitos, hay que hacerlo en escritura y justificar el origen del dinero:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?cid=1158306777200&language=es&pagename=Contribuyente%2FPage%2FCONT_contenidoFinal

Un saludo

#3

Re: Impuesto de donaciones, sucesiones y contrato de préstamo privado entre padre-hijo: Comunidad de Madrid

Gracias Leopol, vaya lío... pero es que yo SÍ soy residente en España, desde hace ya muchos años, con el NIE correspondiente y vivo, trabajo y pago los impuestos en España, Madrid, hace más de 10 años.

El que NO es residente es mi padre, que es quien me va a donar el dinero, pero entiendo que la que tiene que pagar el impuesto y recibe el dinero soy yo, residente, por tanto, no habría diferencia con el resto de españoles, a no ser de que haya alguna ley que diga que si el dinero PROVIENE de un NO-residente, mi padre, la cosa cambie.

#4

Re: Impuesto de donaciones, sucesiones y contrato de préstamo privado entre padre-hijo: Comunidad de Madrid

Lo que te digo, no tenéis que esperar a nada, que yo sepa tributas igual que el resto de madrileños, da igual que tu padre viva en el extranjero, y mientras no cambie la normativa autonómica, te puedes acoger a la bonificación del 99%.
Lo que quería decir al principio es que lo que van a cambiar para todas las CCAA afecta a varios supuestos de no residentes en España, pero no a vuestro caso, y en todo caso, sería para mejor, para equiparar con los residentes.
Otra cosa es que la CCAA de Madrid pueda cambiar su normativa en el futuro y quitar la bonificación, de eso ya no te puedo decir.

Un saludo