Deducción en alquiler prorrogable
Hola.
Según la nueva ley, a partir del 1 de enero los contratos de alquiler no tendrán derecho a deducción.
Yo voy a firmar un contrato a 1 de septiembre, que tiene una cláusula como sigue:
"El presente contrato tendrá una duración de UN AÑO, a contar desde el día 1 de Septiembre de 2014. Transcurrido este plazo, se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales, hasta que alcance una duración total de cinco años, salvo que al arrendatario manifieste a la arrendadora, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo."
Mi duda es:
¿Tendré derecho a deducción en el periodo Septiembre 2014 - Agosto 2015 solamente? ¿O también durante las prórrogas? Lo digo porque el contrato como tal, es único, ¿No?
Gracias.