Cómo tributarían una cantidad recuperada en Sentencia Judicial a una Aseguradora - Intereses
Buenas tardes.
Soy nuevo escribiendo en el foro (aunque os sigo desde hace bastante tiempo). A ver si los expertos fiscales del foro me podrían ayudar en mi problema...
Soy un cooperativista que fui estafado por una aseguradora en un desarrollo urbanístico de Madrid. El Juzgado de 1ª Instancia de Madrid ha dictado el Auto homologando judicialmente el Acuerdo suscrito con HCC Europe, en el que nos tendrían que devolver las aportaciones que hemos realizado en la cooperativa + intereses.
Entiendo que las aportaciones realizadas a la cooperativa no tendría que tributarlas.
Mi duda es si los intereses que la aseguradora tiene que pagarme se pueden considerar como indemnizatorios o son tributables...
Si tuviera que tributarlos, ¿Cómo tributarían?, ¿Tienen algún porcentaje específico?, ¿En qué casilla de la declaración tendría que incluirlos?
Muchas gracias de antemano!