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Mod 720 cuentas omnibus

6 respuestas
Mod 720 cuentas omnibus
Mod 720 cuentas omnibus
#1

Mod 720 cuentas omnibus

Hola,

Aclarar que antes me he leido todos los posts de Rankia, que son unos cuantos, sobre el tema; (y tb la única consulta vinculante que he encontrado mínimamente relacionada) pero al final no hubo una respuesta concreta... Agradecería enormemente cualquier ayuda al respecto, ni en Hacienda ni un gestor tienen ni idea...

1.- Cómo se cumplimentaría la declaración de efectivo de una cuenta omnibus de un broker extranjero? Que pones en "clave identificación de la cuenta" (donde generalmente va un IBAN), "codigo de cuenta", es correcto clave C-5, ...? Alguien podría hacer un ejemplo concreto con todos los campos?

2.- Muy habitualmente, es imposible calcular el saldo medio trimestral, ya que los CFDs por ejemplo son de liquidación diaria y ni el cliente ni el broker tienen forma de calcularlo. Te pueden multar por poner una cifra muy a ojo? (+50% arriba/abajo).

3.- Algunos broker tienen sucursal en España, y según ellos no es necesario informar de sus cuentas pero luego la culpa no es de ellos. Qué certificado habría que pedirles para tener por escrito por si luego Hacienda te reclama? Como sé si una cuenta está siendo gestionada por la sucursal o no?

Muchísimas gracias por vuestra ayuda! Seguro que también sacará de dudas a muchos rankianos :)

#2

Re: Mod 720 cuentas omnibus

Entiendo que tu cuenta está abierta en el extranjero y la entidad bancaria que la gestiona está en el extranjero no?. Por un lado yo diferenciaría lo que es la cuenta corriente asociada a esa cuenta de valores que parece que es una cuenta omnibus de la propia cuenta omnibus.

Así la cuenta corriente pues si está abierta en el extranjero se declara como tal y sino es extranjera pues nada. Luego los valores asociados a dicha cuenta yo diferenciaría en primer lugar si son cotizados en España o fuera. Si lo son fuera pues nada declara los valores como tal dado que es lo normal que no consten en ningun registro público la titularidad de los mismos, aunque haya invertido el broker a su nombre realmente tu tendrás documentación que acredite que son tuyos. Si son valores que cotizan en España sí existe cierto lío respecto de la titularidad a efectos del registro oficial de los mismos en la entidad encargada de dicho registro pero yo a efectos del 720 me olvidaría de este tema, si están asociados a una cuenta en españa no declararía nada y si están asociados a una cuenta abierta en el extranjero las declararía como titularidad juridica y sin mas.

Eso sí pide certificado de titularidad jurídica de todos los valores que te gestionen a quien corresponda y quizás el lío venga si mañana decides cambiar de entidad gestora de dichos valores en cuyo caso por la parte de valores que cotizan en España sí puedes tener alguna discusión con Hacienda por si realmente es venta o no a efectos de IRPF.

Del tema ejemplo y claves ahora mismo no tengo aquí las instrucciones del modelo pero vamos que entiendo que con mi opinión al respecto no debería haber problema salvo que el modelo de este año haya variado sustancialmente en temas de claves para la titularidad.

un saludo

#3

Re: Mod 720 cuentas omnibus

Hola gicas, muchas gracias.

Sin embargo, en mi caso, la cuenta de efectivo también es una cuenta omnibus (típico de brokers de derivados). No existe ninguna cuenta corriente asociada; todo son anotaciones internas del broker (inscrito en la CNMV y del cual conozco su código de registro, por si hubiera que ponerlo).

Te agradecería me detallases qué hacer en este caso para declarar ese efectivo en el 720.

Muchas gracias!

#4

Re: Mod 720 cuentas omnibus

Perdona pero no conozco este mundo financiero de inversión a través de brokers de derivados. Yo me plantearía qué tipo de documentación tengo al respecto de mi inversión respecto de este broker (hay que leersela primero) y con ello poder argumentar cuál es mi posición jurídica en ese contrato, es decir qué estoy contratando, no vaya a ser que al final no tenga jurídicamente ninguna cuenta como tal.

Si resulta que él invierte por mí a través de sus propias cuentas de inversión y simplemente recibe y me transfiere dinero a una cuenta corriente mía entonces yo creo que sí es un poco complicado de saber cómo declarar dicha inversión en el modelo 720 por que igual simplemente tienes una especie de prestamo de dinero con condiciones de inversión del mismo y garantías asociadas al mismo, es decir o tienes una cuenta de inversión abierta por un tercero en nombre y por cuenta tuya o tienes simplemente una cesión de capitales propios a un tercero que dado que no te entrega título alguno de propiedad de nada debe considerarse como un prestamo que no entra dentro del 720.

Siento esta reflexión quizás algo filosofica juridicamente hablando pero es que no llevo temas de este tipo y desconozco la naturaleza jurídica de los contratos que firmais con estos brokers, pero vamos que quizás debieras empezar por ahí para tomar una posición al respecto.

Desde luego la mayoría de los actuarios de la AEAT no están posicionados en este tema y yo diría que casi ningún asesor y creo que se trata de cumplir con la norma siguiendo la literalidad y la finalidad de la misma (si se han puclicado no se cuantas preguntas del tema 720 en la pagina de la aeat por temas menores y ha resultado complejo poder ofrecer respuesta con la norma en la manao imaginate con temas complejos como el que planteas).

Siento no poder ayudarte pero si vas aportando luz sobre el tema no tengo problema en su caso en valorar una respuesta al respecto.

un saludo

#5

Re: Mod 720 cuentas omnibus

Hola gicas, a veces firmas un contrato pero en ocasiones ni eso, simplemente telemáticamente "te registras". Para aclarar, el broker no toma decisión alguna de invertir o no con el dinero transferido; esa decisión la toma el cliente, siempre que se lo permitan los fondos depositados (que muchas veces es incluso por tarjeta). Por lo demás, sí es como dices; cuando el cliente quiere, ordena transferir fondos de vuelta a su cuenta bancaria. El broker está regulado por la CNMV, tan raro no debe ser el caso...

Qué recomiendas hacer si fuera tu situación? He pensado en hacer una consulta vinculante...

#6

Re: Mod 720 cuentas omnibus

A ver yo viendo que seguramente es un tema regulado preguntaría a ese broker si suministra información de mis inversiones a Hacienda. Si esta obligado a informar de acuerdo a las obligaciones legales contenidas en los artículo 39 a 42 del RD 1065/2007, de 27 de Julio.

Si la respuesta es que sí suministra información de acuerdo a dicha norma entonces me olvidaría del modelo 720. Si no es así y no suministra información entonces creo que sino he entendido mal realmente tú inviertes en valores extranjeros y por tanto has de informar sobre dichos valores aunque formalmente dichos valores se registren a través de una cuenta omnibus y lo haría sin tener en cuenta este detalle, vamos indicando la clave de titularidad jurídica directa como si hubiera adquirido valores en bolsa yo directamente.

saludos

#7

Re: Mod 720 cuentas omnibus

Muchas gracias gicas! Me has resuelto el punto 3 perfectamente :) Debo pedir un "certificado de que están obligados a informar de acuerdo a las obligaciones legales contenidas en los artículo 39 a 42 del RD 1065/2007, de 27 de Julio". Si no me lo dan, lo declaro y punto; que es una declaración informativa...

En caso de que no estén obligados o no me lo certifiquen, la duda continúa... El problema no es en lo que inviertes (en CFDs las garantías retenidas), puesto que eso no supera los 50.000€, sino el efectivo en la "cuenta". Ese efectivo, o "derecho sobre efectivo", es lo que es susceptible de declarar en este caso. Sobre ese dinero no hay ninguna clave oficial, ni IBAN, ni nada de nada (más que un número de cliente interno de ellos).

Hace un año, un rankiano envió estos "datos" en su modelo https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1779747-cuenta-broker-modelo-720#respuesta_1781772

Crees que sería correcto? Con un número no oficial en la cuenta?