Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

44 respuestas
Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)
1 suscriptores
Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)
Página
2 / 6
#9

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Vamos a centrar el tema porque he visto algunas cosas erroneas por aquí...

Primero: lo que está haciendo el abuelo al nieto es una DONACIÓN (Y además se presume así según el art. 4 de la Ley), por tanto se deberá autoliquidar el impuesto de Sucesiones y Donaciones DONDE VIVA EL NIETO, ya que no se trata de un bien inmueble.

Segundo: el abuelo no podrá declarar esa donación como pérdida patrimonial en el IRPF

Tercero: Lo que pretendes hacer con lo de la pensión son donaciones sucesivas (según lo he entendido), lo que te obligaría a presentar otras declaraciones cada vez que se haga (con el problema de que habría que aumentar una cosa).

Cuarto: OJO con los bienes colacionables y las legítimas, no sé como estará eso en el Derecho Civil Catalán (que supongo que afectará al abuelo). Esto quiere decir que, aunque sus hijos hayan muerto, son herederos forzosos del abuelo todos los descendientes por representación de los hijos y le corresponde heredar lo que sea forzoso heredar conforme al Derecho Civil Catalán y se le puede reclamar al nieto mejorado que colacione/dé esos bienes al resto de herederos forzosos.

Quinto: Cuando se fallece las cuentas del banco a nombre de uno se bloquean, pero al ser titular el nieto y no el abuelo la cuenta con los 180.000 € seguirá activa.

Espero haberte aclarado algo...

#10

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Hola,

En mi opinión, si el abuelo no quiere que los otros nietos hereden absolutamente nada, la única solución es la donación y el pago del correspondiente impuesto.

Tendrás que ver el Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma en cuestión y ver lo que sale a pagar, según el enlace arriba indicado, calcula en principio un 20%.

Lo de abrir cuentas,...., se corre el riesgo de que se pueden "adicionar" a la masa hereditaria los importes transferidos con hasta un año de antigüedad. También existe la posibilidad de una liquidación paralela por donación encubierta (aquel 20% aproximado más la sanción y los intereses).

En cuanto a los restos de la pensión, la mejor opción es la retirada de efectivo de la cuenta del anciano, por lo mismo de antes: lo de antigüedad menor de 1 año, el "rastro" de la conducta defraudadora (por llamarla de algún modo), etc.

Sugerir que haga testamento de todos modos, dejando la legítima a los otros nietos y el resto al uno..., no vaya a ser que aparezca un tío-abuelo en las américas... Además, recuerda que los herederos son los descendientes (los nietos) y no el resto de la familia.

Un saludo.

#11

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Antes de tomar una decisión, acuda al NOTARIO junto a su abuelo y solicite una entrevista con el notario para que les explique los siguientes conceptos: COMPUTACIÓN, COLACIÓN E IMPUTACIÓN.

Pueden decirle al notario que un docto colega abogado así se lo ha recomendado a ustedes.

Seguramente el notario no le cobrará por su docto conocimiento y pedagógica explicación, pero aunque así fuera será la mejor inversión de su vida.

Así, de esta manera, se habrá ahorrado usted unos cuantos miles de euros.

De nada.

#12

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Buenos días, ha sido un pequeño error, bajo ponía impuesto de sucesiones y donaciones... Gracias por la corrección.

Saludos.

#13

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Lo siento pero como dicen, es una donación como una catedral que debe tributar por sucesiones y donaciones, y si de verdad quieren hacerlo bien, debería constar en escritura, indicar si es colacionable, etc.
Vamos que la cosa tiene su miga, porque los demás herederos tienen mucho que decir al respecto de esa operación ya que claramente puede lesionar su legítima.
También como dicen, es conveniente hacer testamento y dejar claro lo que le queda a cada uno. Los problemas familiares futuros que intuyo en este asunto van a ser de traca, salvo que el testamento lo deje todo perfectamente claro y ajustado a la legalidad.
Yo desde luego estudiaría otra forma de hacer lo que pretende, no con lo de la cuenta.

Un saludo

#14

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Eso le genera un problema al nieto, que tiene una cantidad enorme de dinero negro que debe gastar poco a poco, pero vamos, que por poder se puede

Un saludo

#15

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Por otro lado, domiciliar la pensión en la cuenta del nieto tampoco me parece buena idea, ni que se consiga nada con ello, ya son ganas de liar las cosas.
Si se hace la donación correctamente, los rendimientos de la cuenta serían ya del nieto y nadie podría reclamarselos, tribuatrian en el IRPF del nieto

Un saludo

#16

Re: Donación entre nieto y abuelo (Barcelona)

Muchas gracias a todos por vuestra aportación, poco a poco voy entendiendo un poco más de todo este proceso, lo que esta claro es que lo tiene que gestionar alguien cualificado ya que hay demasiados términos que se me escapan, de todas maneras, quiero estar bien informada antes de iniciar cualquier trámite.

Me ha quedado claro que es una DONACIÓN, lo que no tengo claro es cuanto se tiene que pagar a hacienda, me habían dicho que un 5%, pero luego Grimbergen ha dicho que un 20% y claro, la cosa cambia y mucho, alguien me podría confirmar este punto???
Y una vez pagada la tasa a hacienda, cuando haga la declaración el nieto tendrá que pagar algo más?

Segundo, una vez hecha la donación, me imagino que ya nadie podrá reclamar este bien, no? (Voy a mirar de informarme sobre los conceptos que ha expuesto Parismil : COMPUTACIÓN, COLACIÓN E IMPUTACIÓN, ya que no tengo ni idea de en que consiste cada uno)

Y por último, la pensión se ingresaría en una cuenta donde el abuelo sería titular y el nieto autorizado, y cada mes, se haría una pequeña retirada de 100-150€ en efectivo (que es lo que quedaría de ahorro cada mes descontando los gastos del abuelo) para que así, el día de su muerte quede lo menos posible en la cuenta y los herederos puedan coger lo mínimo ya que por voluntad del futuro difunto no quiere que se queden con nada.

No se si bajos estas circunstancias es necesario hacer un testamento específico ya que lo que va a quedar a "repartir" va a ser muy poco por no decir nada.

Os agradezco mucho vuestros comentarios :)