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Fianza, hipoteca, junta de andalucia

1 respuesta
Fianza, hipoteca, junta de andalucia
Fianza, hipoteca, junta de andalucia
#1

Fianza, hipoteca, junta de andalucia

Estimad@,
después de un divorcio y de un despido, me he visto obligada a abandonar mi piso que tenia compartido con mi ex marido hace 5 años.Para hacer frente a la hipoteca, decidimos alquilarlo.
Desde el primer día hemos desgravado la hipoteca del piso, ya que sigue como vivienda habitual y declarado el alquiler como ingreso.
Nunca hemos depositado la fianza a la junta de Andalucía. Ahora me han comentado que tenemos que depositar la fianza a la Junta de Andalucía ya que los antiguos inquilinos se han marchado, y entraron unos nuevos el 1 de Junio del 2013. Ellos no van a desgravar el alquiler ya que no cumplen los requisitos.

Debo depositar la fianza? Puedo seguir desgravando la hipoteca? No quiero hacer las cosas mal y que hacienda me multe. me han comentado que es un fraude seguir desgravando la hipoteca cuando ya no es tu vivienda habitual. Por motivos legales como mi ex marido, tengo el uso y disfrute de la vivienda, no puedo cambiar mi lugar de vivienda habitual.

Muchas gracias por todo.

#2

Re: Fianza, hipoteca, junta de andalucia

En el momento de alquilar la vivienda, esta deja de ser la vivienda habitual y por tanto no se puede aplicar la deducción por inversión en vivienda.

Si Hacienda te reclama tendrás que devolver las deducciones realizadas con los intereses de demora y una sanción , puedes presentar complementaria de los ejercicios en que hayas cometido, esta infracción , tendrás que pagar por quitar esta deducción , pero evitaras la sanción.

La fianza por el alquiler , aunque el inquilino no pueda aplicarse la deducción por alquiler, el propietario debe hacer este deposito en la Junta.

Por este alquiler , los gastos que puedes deducir son : IBI- Tasas - Comunidad Propietarios - Reparaciones - Intereses de la hipoteca (Solo intereses) - Amortización 3% s/valor edificable -

Además si el inquilino esta cubriendo sus necesidades de vivienda habitual ( no es de temporada), dispones de una reducción del 60% del Neto obtenido y si es menor de 30 años del 100%.

Tu tendrás una residencia, que es tu domicilio fiscal y tu vivienda habitual , aunque no sea de tu propiedad, esta es la que debe figurar en tu declaración.

Saludos