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Denegación 50% bonificación IBI en vivienda VPO nueva construcción

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Denegación 50% bonificación IBI en vivienda VPO nueva construcción
Denegación 50% bonificación IBI en vivienda VPO nueva construcción
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Denegación 50% bonificación IBI en vivienda VPO nueva construcción

Quisiera el consejo de algún experto en cuanto a la acciones a tomar para solventar el problema de gestión de las administraciones publicas, los hechos son los siguientes:

1º- Escrituro la compra vivienda nueva VPO en Cantabria el 26-09-2011 y procedo a la solicitud en Ayuntamiento de la citada bonificación sobre el IBI con fecha 26-12-2011.
2º- El pasado mes de Julio recibo resolución escrita del Ayuntamiento denegando dicha bonificación porque la vivienda que era nueva aun permanece a nombre de la promotora.
3º- Reclamo al Catastro sobre la situación del cambio de titularidad y se justifican "sorprendentente" que no se adjuntaba en la escritura referencia catastral (no existía porque era vivienda nueva debian generarlo). Pero con fecha 3-08-2012 emiten carta notificando el cambio de titularidad a mi nombre indicando con efectos desde la fecha de la escritura año anterior.
4º- Ante estos hechos acudo a oficina Recaudación del Ayuntamiento visto que se inicia el pago voluntario IBI y que el procedimiento de mi solicitud de bonificación se ha finalizado plazos para recursos. Despues de mucho insistir y ante las indicaciones de la persona que han emitido el recibo a nombre promotora por ser titular a fecha 1-Enero-2012, pero no pueden modificarlo ahora a mi nombre y rectificarlo.
5º- Solicito una solución para beneficiarme de la bonificación del 50% IBI y unicamente me indica que para no incurrir en recargos pague en periodo voluntario el recibo que le llegue a la promotora y dentro de varios meses, (cuando les llegue los datos del Catastro actualizado) haga nueva solicitud de bonificación y que me devolverán la cuota.
6º- Esta solución no me da ninguna confianza vista la actitud de la funcionaria, además que al iniciar una nueva solicitud la Ley dice que se concederá en el ejercicio siguiente a la solicitud y no creo que se me devuelva el importe correspondiente con caracter retroactivo y menos de un recibo a nombre de un tercero.
Por todo lo anterior, quisiera el consejo de la mejor manera de proceder para no tener que pagar a posteriori recargos si la promotora no lo paga y tambien sin perder la bonificación que me corresponde, porque el catastro ahora consta a mi nombre con efectos 26-09-2011 pero el Ayuntamiento no emite el recibo a mi nombre ahora, enviará el que estaba a fecha 1-01-2012.
Lamentablemente, este retraso injustificado por el Catastro nos ha perjudicado a un par propietarios y ha creado el problema, pero no ha ocurrido al resto de propietarios de una urbanización de 47 viviendas que escrituramos durante los meses de Agosto y Septiembre año pasado.