Exención impuesto de sucesiones Asturias
Buenas noches,
Mi abuelo acaba de fallecer y tenemos dudas con los trámites de la herencia. No hizo testamento; supongo que los herederos serían mi abuela y mi padre (hijo único). A nombre de mis abuelos tenían: una cuenta corriente con 10.000 €, dos Depósitos (por valor de 80.000 €), un piso en Asturias (comprado hace 30 años y con un valor de mercado de unos 180.000 € aprox.), dos plazas de garaje (compradas hace 20 años y con un valor de mercado de 7.000 € cada una), un local comercial en Asturias (comprado hace 10 años y valor de mercado de 50.000€), un vehículo Renault Megane (comprado hace 2 años, valor de mercado de 6.000 €) y un terreno rústico en León (heredado hace 2 años y con valor de mercado de menos de 3.000 €).
El patrimonio de mi padre es únicamente de un piso en Asturias (comprado hace 11 años y valor de mercado de 160.000 €).
He leído en Internet que en Asturias, los herederos de primer grado (mi abuela y mi padre) con un patrimonio inferior a 400.000 € y siempre que la base imponible de la herencia sea inferior a 150.000 € quedarían exentos del impuesto de sucesiones.
Por eso os solicito ayuda para saber si eso que he leído es correcto y si sigue vigente.
Y mi otra duda es: sumando los valores de mercado me salen más de esos 150.000 €; la base se obtiene con los valores catastrales, ¿no? ¿El valor catastral suele ser inferior al de mercado o es semejante?
Muchísimas gracias por vuestra ayuda.