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Alerta importante de Ausbanc Consumo !!!!!!!!!!!!

10 respuestas
Alerta importante de Ausbanc Consumo !!!!!!!!!!!!
Alerta importante de Ausbanc Consumo !!!!!!!!!!!!
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#1

Alerta importante de Ausbanc Consumo !!!!!!!!!!!!

Los servicios jurídicos de Ausbanc Consumo aconsejan a TODOS LOS DEPOSITANTES de EUROBNAK se abstengan de DAR PODERES de representación en el proceso de suspensión de pagos de EUROBANK, para evitar que su mandato -dado que la Junta se celebrará presumiblemente por escrito en interés de EUROBANK- sea utilizado para evitar la mejor defensa de sus derechos.

En cuanto se conozca cuál es el convenio que propone EUROBANK, AUSBANC CONSUMO hará publicas sus recomendaciones para la mejor defensa de los intereses de los depositantes.

#2

Sobre todo, es importante que no se agrupe la representación.

A través de un mecanismo lateral como la constitución de una asociación que aglutinara las representaciones.

#3

Re: Sobre todo, es importante que no se agrupe la representación.

¿Se puede cosiderar dar poderes el hecho de que la gente este asociada a Adicae y esta esté personada en la suspensión de pago?.

Un saludo.Nacho

#4

Re: Sobre todo, es importante que no se agrupe la representación.

Atinada pregunta, Nacho. Que por cierto rige también para la OCU. Esperemos que Ausbank responda con la máxima urgencia.

#5

Re: Sobre todo, es importante que no se agrupe la representación.

¿Alguien podría aclara esta duda que expone Igvabra? Quizás Telebank o Javijana.

Gracias

#6

Re: Nos gustaría saber ésto por favor

Nos gustaría saber la cuestión que se plantea.

#7

Re: Nos gustaría saber ésto por favor

Me temo que sí que da poderes de hecho, sobretodo los que os habeis asociado en este tema
http://www.adicae.net/especiales/eurobank/

#8

Sobre lo que pregunta Igvabra de la representacion en la Junta

En la pagina web de Adicae se informa de lo sugiente:

LA PLATAFORMA DE ADICAE REPRESENTADA POR D. Manuel Orellana Lopez, Socio afectado de EUROBANK, ADMITIDA EN LA SUSPENSIÓN DE PAGOS.

El juzgado número 73 de Madrid a admitido la personación de D. Manuel Orellana Lopez presentado por el procurador de ADICAE D. Jorge Luis de Miguel Lopez en representación de todos los socios de la plataforma de ADICAE. Con esta representación los abogados de ADICAE y los socios de la plataforma de afectados estaremos perfectamente defendidos e informados.Hemos visto que algunos abogados están presentando afectados individuales en la suspensión de pagos, cosa que en absoluto es necesario y supone un gasto bastante grande y superfluo, puesto que es necesario que esté personado uno y presentar todos los argumentos necesarios para la defensa de los intereses de los afectados, para estar informados, como lo ha hecho ADICAE, pero no todos los afectados en fase posterior del procedimiento de suspensión de pagos serán reconocidos por el juzgado como acreedores.Una vez más queremos recordar que hay muchos pescadores de rió revuelto que quieren hacer su agosto con los afectados sacándoles todo el dinero que puedan para cosas innecesarias propiamente.Junta Directiva ADICAEDpto Comunicación.

Si tomamos en consideracion la RECOMENDACION de los servicios juridicos de AUSBANC es contraproducente para los afectados esta representación agrupada alrededor de una asociación. Estaria bien que las personas que sean asociadas de adicae, se informen de este asunto adecuadamente.

Segun dice la Ley de Suspension de Pagos en sus articulos 14 y 15 la personación no sirve absolutamente para nada ya que quien elabora, presenta y puede modificar el CONVENIO es únicamente el deudor ( Eurobank).Solo se puede hablar: 3 acreedores a favor y 3 en contra. Quien vota es quien tiene los 3/5 del capital, que es el Fondo de Garantias. Esto es asi si el cobro es en menos de tres años, como ya adelantó Mansó o si se declara insolvencia provisional ( lo que parece más seguro dado que hay liquidez suficiente para no declarar la quiebra ya que lo contrario seria insolvencia definitiva).

Manuel Orellana Lopez habra tenido que abonar los honorarios de un procurador para poderse personar y encima no le va a servir de nada.

Recuerdo ademas que quienes se personen en la Junta de Acreedores, si no expresan su desacuerdo con el convenio, no podran presentar posteriormente alegaciones ( este asunto está aclarado en el articulo 16 de la Ley de Suspension de Pagos).

Un saludo.

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