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EUROBANK Y ADICAE, de la mano en la suspensión de pagos (EP)

24 respuestas
EUROBANK Y ADICAE, de la mano en la suspensión de pagos (EP)
EUROBANK Y ADICAE, de la mano en la suspensión de pagos (EP)
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#17

Javijana, añado algun comentario.

Teniendo en cuenta la coincidencia en los tres primeros asuntos, paso a comentar los asuntos 4 y 5 que Ud. cita:

-En lo relativo a si es insolvencia provisional o definitiva, Anvafa mas o menos deja claro que la situacion ( teniendo en cuenta la propuesta de Mansó de pagar antes de los tres años) es similar, como recoge la ley, a la insolvencia provisiona. De lo que se deduce que su comentario que viene a continuacion sobre la decision de la personacion sobraria ya que vota el FDG porque tiene mayoria de capital ( 3/5) y no mayoria de 3/4 lo que segun dice la ley y Uds. comentaba habria la posibilidad de necesidad de personacion de mas acreedores. Luego entiendo que este asunto ya estaba zanjado.

- En lo relativo al punto 5: efectivamente el articulo 9 de la LSP señala en su primer parrafo que "mientras se sustancia el expediente, no se admitira por el juzgado pretension alguna incidental que tienda, en forma directa o indirecta, a impugnar la procedencia de la declaracion judicial o a aplazar su inmediata efectividad".

a) Que se "sustancia el expediente" quiere decir que se "elabora el expediente", segun me lo ha comentado a traves de conversacion telefónica el auxiliar del juzgado 73 que lleva el caso de eurobank.

b) Le he preguntado sobre las dudas que señala Sr. Javijana, a lo que me ha venido a señalar que el mismo juez sí puede de oficio solicitar el levantamiento de la suspension de pagos y que AUSBANC ha podido realizarla dicha solicitud, pero como es el juez el que tiene en sus manos la decisión puede pasar de esa solicitud o como decia antes hacerla suya.

c) Eurobank lo que tiene no es la capacidad de exigir el levantamiento sino de realizarlo.

d) En lo relativo a las posibles acciones judiciales contra eurobank en base a fraude de ley y abuso de derecho u otras causas ( hasta 7causas se recogen en el articulo 16 de la LSP) supongo se realizaran visto el CONVENIO DEL DEUDOR (eurobank) y en el plazo señalado en el citado articulo.

Reciba un saludo.

#18

Sr. Joséangel, creemos que tiene Vd. razón.

Desde Ausbanc Consumo hemos demostrado que reivindicamos con acciones una hecho: la ley es un instrumento para equilibrar la posición del débil frente al poderoso. Esa es la interpretación que hacemos, y no la contraria. Sobre lo que se pueda o no pueda pedir, ya se verá. Como ejemplo, pongamos el caso del redondeo al alza en las hipotecas: durante años cientos de doctos notarios estuvieron interviniendo esas cláusulas como si fueran "legales" y nadie lo dudaba, hasta que vino Ausbanc y presentó las demandas de nulidad que han tenido el resultado que todos conocemos: diez sentencias consecutivas condenatorias y una Ley, la Ley FInanciera de Noviembre de 2002 que declara PROHIBIDO el redondeo. Si hubiéramos escuchado a los que decían otra cosa, no estaríamos aquí.

Claro está que hay algunos que todavía tienen que recorrer el camino que llevamos recorrido nosotros durante casi 20 años: nada tenemos que decir a esto, LO QUE PARECE ILOGICO ES QUE LO TENGAN QUE RECORRER LOS PERJUDICADOS POR EUROBANK. No tedrían necesidad: ahora bien, como esto es voluntario, cada uno hace lo que le parece. Desde Ausbanc Consumo hemos dado transparencia a los consejos que nos parecían correctos, y lo son: la decisión es de cada uno. Muchos ya lo han entendido y hace meses que son asociados, otros dudan todavía y otros, tienen fines distintos aunque parezca otra cosa.

#19

Sr. Joséangel, creemos que tiene Vd. razón.

Desde Ausbanc Consumo hemos demostrado que reivindicamos con acciones una hecho: la ley es un instrumento para equilibrar la posición del débil frente al poderoso. Esa es la interpretación que hacemos, y no la contraria. Sobre lo que se pueda o no pueda pedir, ya se verá. Como ejemplo, pongamos el caso del redondeo al alza en las hipotecas: durante años cientos de doctos notarios estuvieron interviniendo esas cláusulas como si fueran "legales" y nadie lo dudaba, hasta que vino Ausbanc y presentó las demandas de nulidad que han tenido el resultado que todos conocemos: diez sentencias consecutivas condenatorias y una Ley, la Ley FInanciera de Noviembre de 2002 que declara PROHIBIDO el redondeo. Si hubiéramos escuchado a los que decían otra cosa, no estaríamos aquí.

Claro está que hay algunos que todavía tienen que recorrer el camino que llevamos recorrido nosotros durante casi 20 años: nada tenemos que decir a esto, LO QUE PARECE ILOGICO ES QUE LO TENGAN QUE RECORRER LOS PERJUDICADOS POR EUROBANK. No tedrían necesidad: ahora bien, como esto es voluntario, cada uno hace lo que le parece. Desde Ausbanc Consumo hemos dado transparencia a los consejos que nos parecían correctos, y lo son: la decisión es de cada uno. Muchos ya lo han entendido y hace meses que son asociados, otros dudan todavía y otros, tienen fines distintos aunque parezca otra cosa.

#20

Sr. Joséangel, creemos que tiene Vd. razón.

Desde Ausbanc Consumo hemos demostrado que sabemos defender con acciones un principio básico: la ley es un instrumento para equilibrar la posición del débil frente al poderoso. Esa es la interpretación que hacemos, y no la contraria. Sobre lo que se pueda o no pueda pedir, ya se verá. Como ejemplo, pongamos el caso del redondeo al alza en las hipotecas: durante años cientos de doctos notarios estuvieron interviniendo esas cláusulas como si fueran "legales" y nadie lo dudaba, hasta que vino Ausbanc y presentó las demandas de nulidad que han tenido el resultado que todos conocemos: diez sentencias consecutivas condenatorias y una Ley, la Ley FInanciera de Noviembre de 2002 que declara PROHIBIDO el redondeo. Si hubiéramos escuchado a los que decían otra cosa, no estaríamos aquí.

Claro está que hay algunos que todavía tienen que recorrer el camino que llevamos recorrido nosotros durante casi 20 años: nada tenemos que decir a esto, LO QUE PARECE ILOGICO ES QUE LO TENGAN QUE RECORRER LOS PERJUDICADOS POR EUROBANK. No tedrían necesidad: ahora bien, como esto es voluntario, cada uno hace lo que le parece. Desde Ausbanc Consumo hemos dado transparencia a los consejos que nos parecían correctos, y lo son: la decisión es de cada uno. Muchos ya lo han entendido y hace meses que son asociados, otros dudan todavía y otros, tienen fines distintos aunque parezca otra cosa.

#21

Re: Javijana, añado algun comentario.

Como en general creo que se van aclarando las cosas le comento; cuando dice:
-"En lo relativo a si es insolvencia provisional o definitiva, Anvafa mas o menos deja claro que la situacion ( teniendo en cuenta la propuesta de Mansó de pagar antes de los tres años) es similar, como recoge la ley, a la insolvencia provisiona. De lo que se deduce que su comentario que viene a continuacion sobre la decision de la personacion sobraria ya que vota el FDG porque tiene mayoria de capital ( 3/5) y no mayoria de 3/4 lo que segun dice la ley y Uds. comentaba habria la posibilidad de necesidad de personacion de mas acreedores. Luego entiendo que este asunto ya estaba zanjado."

Aquí no se trata de que la situación sea o no similar, simplemente, de hablar con precisión y lo que digo y reitero es:
a.- Hasta que no dicte por el juez el auto y se califique la insolvencia como provisional o definitiva, y, además, se presente formalmente el convenio, no podemos hablar con propiedad del juego de las mayorías. En su consecuencia el punto no está zanjado, al contrario, está pendiente de esas variables.
b.- Yo nunca he dicho que haya o no que presentarse, sino que habrá que esperar a lo anterior para estudiar si es o no conveniente la personación.

En todo caso, gracias por su contestación

#22

Re: EUROBANK Y ADICAE, de la mano en la suspensión de pagos (EP)

Todo esto que expones nos lleva a la "sospecha" que no convicción, de que el FgD es el mayor enemigo de los de mas de 20000€ .
Hasta ahora el FgD, igual que todos los que intervienen por la otra parte enfrente de los clientes-depositantes, no han "delinquido", todos se escudan en la suspensión de pagos.
Es decir uno puede estar dentro de la ley y en lugar de comportarse como una persona hacerlo como un perro etica y moralmente.
En el momento en que el FgD votase para aprobar cualquier medida que beneficie al banco o a ellos mismos en perjuicio de los depositantes, a pesar de ser un ente creado para protegernos, se abren todas las puertas para la reclamación de responsabilidades por no proceder según su objeto, además de intentar recuperar unas cantidades que son a fondo perdido en defensa de aquellos a quien se les quiere quitar.

O sea, en el momento en que el FgD se moje y de la cara, se nos abren las puertas para las denuncias judiciales.

Un saludo

#23

Re: EUROBANK Y ADICAE, de la mano en la suspensión de pagos (EP)

Eurobank si que ha delinquido con sus irregularidades anteriores a la suspension que no han sido publicamente investigadas por el juzgado, pues la atencion ha estado centrada casi en todo momento en la tramada junto con las autoridades e infundamentada suspension de pagos.

Pienso que tambien es delito el abuso por Eurobank del derecho de la suspension de pagos, una vez conocida y documentada su trayectoria irregular, para desviar la atencion publica y judicial y exprimir todavia mas a los depositantes.

Aqui no se a que hay que esperar para procesar a Pascual y sus asociados por sus irregularidades y abusos, cuando la suspension esta desvirtuada y deberia ser un proceso independiente.

Aunque hay malhechores en todos los sitios, al menos en italia dictan un decreto-ley para cambiar inmediatemente instrumentos y organos de control que incluyen a las autoridades correspondientes que no funcionan como debieran.

Aqui no he visto ninguna respuesta de autoridades o juzgado desde Julio y Manso en lugar de cambiar las cosas en beneficio de los depositantes, continua la trayectoria irregular de Pascual entrando en la trama, aunque quiza ya estaba dentro en su epoca del banco de espana.

Ojala los infractores de estas irregularidades y abusos, y quienes les cubren, respondan finalmente ante la justicia.

#24

Esa conclusión es sin duda fruto del cansancio.

Porque sinceramente, es completamente equivocada y sostenerla sólo le sirve a EUROBANK. En fin, Vd. verá, pero hemos introducido este comentario para evitar cualquier confusión de quien pudiera leer su reflexión.

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