claro, tendrías que cotizar esos 2 años en los últimos 15, de acuerdo a la legislación actual. Lo que pasa es que si te das exclusivamente de alta para cotizar de cara a la pensión, sin realizar actividad real (no facturas a clientes, por ejemplo), la Seguridad Social puede considerarlo un fraude de ley y rechazar ese periodo, así que hay que tener cuidado.
La cotización total tiene que ser de 15 años, lo que pasa es que para el cálculo de la pensión se toma la media de los últimos 25 años, de tal manera que si en ese periodo hay meses sin cotización, para los autónomos se valoran a cotización 0.
Por tanto te saldría una cantidad probablemente inferior a la pensión mínima, y la Seguridad Social te pagaría el complemento hasta alcanzar la pensión mínima si tus otros ingresos no superan un determinado umbral (7569 euros actualmente).