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¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

30 respuestas
¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?
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¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?
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#1

¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Buenas tardes:

Me gustaría saber si el rendimiento neto reducido en el modelo 100, sale una cifra inferior al SMI, esta obligado a darse de alta como autónomo

Muchas gracias

#2

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

En la Seguridad Social son muy estrictos en este tema e indican que es obligatorio darse de alta como autónomo si:

 Realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo.

 

Por lo tanto, la única excepción es que no desempeñes la actividad de forma habitual.

Sin embargo, hay sentencias del Tribunal Supremo (del 2007) que dan la razón a los autónomos que no se dieron de alta en la SS porque no llegaban al SMI. Pero como una sentencia no es una normativa, podrían sancionarte.

Hay mucho debate con respecto a este tema, a ver si algún otro forero puede aportarte su experiencia, qué le han dicho en la SS, etc.

#3

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Muchas gracias por tu respuesta, creo que la nueva reforma del gobierno incluye medidas sobre este tema, de aquellos rendimientos anuales que no superen el SMI no estaran obligados a cotizar, habra que ver si cumplen con lo pactado

Un saludo

#4

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Del dicho al hecho hay un trecho... Todos los partidos coincidían en que la cuota de autónomos tiene que ser proporcional a los ingresos percibidos. Y si no se llega al SMI que es (en teoría!) el dinero necesario para vivir, no parece justo que además tengan que pagar por autónomo. Esta reforma en el RETA llevamos tiempo pidiéndola.

Sea como sea, os contaremos en el foro los avances. Saludos!

#5

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Ok, muchas gracias por la informacion, esperamos novedades pronto

Un saludo

#6

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Buenos días:

Ha salido publicado que el gobierno, dara luz verde a final de este mes al pacto de reforma de los autónomos, ¿ esto es de aplicación inmdediata lo de " no obligación de cotizar por debajo del SMI?

Muchas gracias

Un saludo

#7

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Hola de nuevo aureruizbor,

Lo tienes desarrollado en el siguiente comentario:  Acuerdo para la nueva Ley de Autónomos

La no obligación de cotizar por debajo del SMI no es de aplicación inmediata porque no forma parte de las "Reformas Urgentes" planteadas por ambos partidos. Está encuentrado en la reforma integral del RETA a través de la propuesta de ley que tiene que ser admitida a trámite y defendida en el congreso. Se puede aplicar en un plazo de 6 meses.

Las medidas urgentes del RETA sí se empiezan a aplicar a finales de este mes. Saludos!

#8

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Ok, Muchas gracias por tu respuesta

Un saludo

#9

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Hola Lorena.
Primero adjuntar el siguiente video

http://www.rtve.es/alacarta/videos/aqui-hay-trabajo/facturarsinautonomos/3516110/

En el se dice que se puede facturar sin ser autónomo, si no se llega al salario mínimo.

Por otra parte, comencé una actividad como fotógrafo hace cinco meses mi consulta es:

Me di de alta en el "Censo de empresarios, profesionales y retenedores", para poder facturar, pero NO estoy dado de alta como autónomo.

He realizado dos trabajos por valor de unos 250€ cada uno a dos promotoras inmobiliarias.

En las facturas le aplico un iva del 21% y una retención del IRPF del 21%(osea sumo 21% y resto 21% para que sea 0, asi me indicaron que lo hiciera).

He presentado mi modelo 303, de IVA trimestral en hacienda y pagado el IVA que entiendo me devolverán a final de año (entiendo que no estoy obligado a presentar el 130).

La duda es la siguiente.
Me han llamado de la asesoría de uno de los clientes para decirme que la retención no puede ser del 21%, que ha cambiado y debe ser del 15% o si realizo la actividad desde hace menos de 2 años puede ser del 7%.

¿Es eso correcto? ¿En el futuro pongo un iva del 21% y una retención del 7%?.

Muchas gracias por tu tiempo.

#10

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Sobre la retención:

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/IRPF_permanente/Informacion_general/Cuestiones_destacadas/reten_ingresos_cuenta_IRPF.pdf

Puedes comprobar que es correcto lo que te han dicho. Actividades profesionales, año de inicio y los 2 siguientes.

IVA, 21%.

El IVA, no te lo van a devolver. Lo cobras a tu cliente y tu lo ingresas en la Agencia Tributaria.

Lo que sí que puede que te devuelvan son las retenciones. Tu cliente no te lo paga y lo ingresa en la Agencia Tributaria a tu nombre. Cuando hagas tu IRPF, lo incluirás como importe pagado.

Un saludo.

#11

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Hola batiscafo entonces entiendo que Hacienda me va a devolver sólo el 15% con lo cual yo voy a perder el 6% de la factura que he hecho mal

#12

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Se supone que has realizado una factura con una RETENCION del 21% y te piden que la rehagas con un 15% o con un 7%.

En lo que consiste una retención es un pago anticipado a la Agencia Tributaria a cuenta de tu IRPF.

Cuando te llegue el momento de declarar por ese Impuesto (mayo-junio de 2017), tendrás que hacerlo por todos los rendimientos que tengas. Además, declararás todas las retenciones que te han hecho durante el ejercicio. Y si tus ingresos han sido pocos y el resultado de tu declaración es de cero euros, te devolverán todas las retenciones. Independientemente del porcentaje.

Un saludo.

#13

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Muchas gracias por tu tiempo batiscafo.
Una cosa mas, ¿Entonces se puede interpretar que esa retención del 7%-15% es la retención mínima que debo hacer?

#14

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

En tu caso que estás facturando por actividades profesionales, no es que sea la mínima. Es la que te tienen que hacer.

Otra cosa son las retenciones en las nóminas de los trabajadores (por ejemplo), que es mucho más complicado calcularlo e incluso hay un programa informático para su cálculo.

Ten en cuenta que el que te retine es la empresa para la que facturas. Tu no estás reteniendo.

Y tiene que ser a un 15% o un 7%.

Un saludo.

#15

Re: ¿Es obligatorio darse de alta en autónomos con un rendimiento inferior al Salario Mínimo Interprofesional?

Muchas gracias por tu tiempo batiscafo.

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