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Baja laboral

8 respuestas
Baja laboral
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#1

Baja laboral

hola os escribo para preguntaros una duda que tengo, trabajo para un call center y estoy contratado por una ett, ayer me disloque un hombro y no estoy para ir a trabajar. segun tengo entendido dia que no trabaje, dia que no cobro, he mandado la baja a la ett para que se pongan en contacto con la mutua. se suspende mi cotizacion a la ss por estar de baja ? es justo que no me paguen las horas no trabajadas? el contrato es de obra y servicio. muchas gracias por vuestra ayuda.

#2

Re: Baja laboral

Tu pagador es la ETT, deberás mirar el contrato que tienes firmado con ellos, pero te debe pagar la mutua de la misma. Si te paga la mutua te pagará cada semana. Mucho ojo con esto, si te despiden sigue presentando la baja a la mutua de la empresa.

#3

Re: Baja laboral

Al estar de baja y salvo que la empresa tenga un pacto para pagar mas que lo legalmente establecido el primero, segundo y tercer dia de la baja no se cobra nada (se cotiza igual que un dia normal de trabajo pero tu cotizacion la asume la empresa) del cuarto dia al dia 20 se cobra el 60% de la base reguladora (cotizacion mes anterior / 30 dias) y del dia 21 hasta el 365 se cobra el 75% de la misma base eso si es enfermedad profesional si la dislocacion fue accidente de trabajo el primer dia se cobra el 100% y del 2 al 365 el 75%, pero en ningun caso dejas de cotizar.

Justo no es pero es lo que establece la ley.....

#4

Re: Baja laboral

Muchas gracias Ranich!!!! A mi me han explicado que hasta el dia 20 se hace cargo la empresa y a partir del dia 21 la mutua. Por cierto sabes si te pagan lo de la baja en la nomina del mes? Muchas gracias. Un saludo

#5

Re: Baja laboral

Eso es por la cotizacion si, primero la empresa y luego la mutua sip.

El pago en tiempo y forma como siempre

#6

Re: Baja laboral

Buenos días!!!! Acabo de recibir la nomina del mes en el que he estado de baja y tengo una serie de dudas, mi trabajo se cobra por hora trabajada y la nomina es mensual, es decir viene sobre 30 días, todavia no estoy dado de alta, en la parte de la base reguladora por la baja, me figura en cantidad 8 (supongo que sea referido a los dias de baja) y en la cantidad mas o menos me sale el calculo, por lo que se, al ser accidente comun tengo que calcular la base reguladora del mes pasado, dividirla entre 30 y cobrar el 60% de esa cantidad, ¿no se si estoy en lo cierto? Gracias por contestar. un saludo

#7

Re: Baja laboral

¿Puedes definir accidente común? :)

#8

Re: Baja laboral

Perdon, seria enfermedad comun, me subluxe un hombro fuera de mi jornada laboral jugando al basket

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