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Capitalización Paro para Fundación y requisitos a posteriori

2 respuestas
Capitalización Paro para Fundación y requisitos a posteriori
Capitalización Paro para Fundación y requisitos a posteriori
#1

Capitalización Paro para Fundación y requisitos a posteriori

Hola a todos!

Gracias de antemano por cualquier respuesta :)

Tengo dos dudas:

Tengo la opción de abrir una FUNDACIÓN y la capitalización del paro me ayudaría, pero no he encontrado en ningún sitio que se pueda. Todo lo que encuentro es para SL o SLL. Poniendo el dinero en una Fundación está claro que mi inversión va a dónde tiene que ir, ya que no es una inversión que pueda recuperar y usarla para otra cosa.

Otra duda es:
Si finalmente no hay opción de lo de la Fundación y decido hacerme Autónomo y pedir la capitalización, en caso de que me la den, ¿qué pasaría si 5 meses después o 10 meses o cuando sea consigo volver a trabajar por cuenta ajena? O dicho de forma general:

Si me conceden la capitalización del paro haciéndome autónomo ¿qué requisitos y plazos tengo que cumplir a posteriori?

Muchas gracias de nuevo,
Un saludo.

#2

Re: Capitalización Paro para Fundación y requisitos a posteriori

Se supone que el paro se capitaliza para iniciar una actividad lucrativa.

Las fundaciones, y asociaciones, son entidades no lucrativas. Así que habría una contradicción en las motivaciones.

La normativa sobre capitalización del paro no contempla el uso de una entidad de esta naturaleza.

Si tienes bien estudiado lo de la fundación, siempre podrías estructurar la actividad de manera dual, tú como autónomo o SLU, y la fundación.

Depende de cada autonomía (que es quien ejerce el protectorado de las fundaciones), pero lo normal es que el capital inicial constitutivo que exijan sea de al menos 60.000 €.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Capitalización Paro para Fundación y requisitos a posteriori

Gracias por la respuesta,

Parece que está claro que la opción de plantear la Fundación por este camino está descartado.

Si me hiciera autónomo o SLU, ¿alguién conoce qué plazo tendría que pasar para volver a ser trabajador por cuenta ajena? El asunto es que la empresa en la que estoy nos va a hechar a algunos,diciendo que si las cosas fuesen bien, a lo mejor en el futuro nos recupera. Como no lo veo nada fácil, me lo montaré por mi cuenta, pero si en el futuro mi empresa me quiere recuperar posiblemente lo aceptase.

¿Sabéis qué plazos hay que cumplir? ¿O simplemente si has justificado los gastos de forma correcta, una vez realizados podrías volver a trabajar por cuenta ajena sin problema si se da la ocasión?

Muchísimas gracias!

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